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Chihuahua

Corral incrementó 20% costos de obras ya licitadas

Chihuahua– Los costos de obras públicas que se desarrollaron en la pasada administración eran incrementados en un 20 por ciento en su desarrollo, informó ayer el secretario de Obras Públicas del Estado, Carlos Aguilar.

 

El funcionario estatal agregó que luego de una revisión dicha irregularidad se detectó en los proyectos correspondientes a la Secretaría de Salud.

 

“Una problemática con la que nos encontramos es que las especificaciones de la Secretaría de Salud en el gobierno de Javier Corral Jurado, generan incremento de costos en un promedio del 20 por ciento más del importe originalmente contratado”.

 

Después de que la gobernadora del estado, Maru Campos, indicó que la pasada administración estatal dejó un retraso en las obras del Hospital de Parral, el secretario de Obras Públicas, Carlos Aguilar, expuso una serie de irregularidades que han encontrado en las obras que recibieron.

 

Señaló que un día antes de entregar la administración, fue intentado asignar dos obras que estaban pendientes desde junio. “Desde el proceso de entrega-recepción se ha estado realizando una revisión muy estricta con base en la normatividad aplicable de las obras realizadas por la administración de Javier Corral Jurado, apegándonos a los lineamientos, normas y criterios que marca la ley, siendo muy objetivos al momento de analizarlas y observarlas”, dijo.

 

Sobre el caso del Hospital en la ciudad de Parral mencionó que se encuentra en proceso de rescisión por el atraso del programa de obra contractual, la cual fue notificada el 20 de agosto a la empresa Urbemex.

 

Agregó que han sido más las irregularidades localizadas como las especificaciones de la Secretaría de Salud del Gobierno de Corral Jurado, que generan incremento de costos en un promedio del 20 por ciento más del importe originalmente contratado.

 

“Otra irregularidad es que los pagos se realizaban con un promedio de hasta tres meses de retraso y las obras se ejecutan con dinero. En la Ley de Obras Públicas se establece que las estimaciones se pagarán cada mes”, apuntó.

 

“Una más es que no contemplaron tiempos de entrega de los equipos de climas, eléctricos y especializados para la operatividad del hospital, contraviniendo de nuevo la normatividad aplicable al no contar con una buena planeación de la ejecución de la obra y vigilancia estricta del programa de ejecución, un claro ejemplo es que recientemente fueron autorizados los proyectos de electricidad y clima”, agregó.

 

“Es obvio con toda claridad que las obras en proceso que dejó el Gobierno del Estado saliente no sólo incumplieron a la ciudadanía con dejarlas terminadas, si no que se inauguraron con irregularidades, y que incluso en el último día (7 de septiembre) intentó adjudicar obras con oficios de aprobación de fecha de junio del año en curso, justificando urgencia de iniciar trabajos”, precisó.

 

Concluyó que bajo el procedimiento de rescisión del Hospital en Parral se establecerá un análisis con la empresa con la finalidad de visualizar los compromisos de terminación de la obra en comento, y si así lo decide Urbemex, en diez días estarán en posibilidad de continuar con la terminación de la obra con lo que se pondrá fin a la desorganización encontrada.

 

con información de El Diario

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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