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Chihuahua

Crónica: “El chueco” drogado, llevó al guía con párrocos para recibir los “santos óleos”

Conforme a la información recabada por los agentes ministeriales a cargo del triple homicidio en Cerocahui y la desaparición de otras cuatro personas, todo apunta al principal operador en la región llamado José Noriel P. G. alias “el Chueco”, quien tiene varios años a cargo de la plaza y nada ocurre sin su autorización.

Con base en ello, se estableció que después de que estuviera a punto de ser capturado en abril pasado por elementos de la Secretaría de la Marina, “el Chueco” desarrolló un ánimo paranoico en contra de cualquier persona, lo cual se considera un factor para que atentara contra los sacerdotes y el guía turístico.

Según han recabado los agentes de la Fiscalía General del Estado como parte de la investigación inicial, José Noriel habría capturado a Pedro Eliodoro Palma sin motivo aparente, incluso fue armado hasta el hotel donde se hospedaba para sacarlo a punta de pistola.

Tras entrevistar a pobladores, recuperar la evidencia y otras diligencias que realizaron en la comunidad de Cerocahui, en la carpeta se asentó que “el Chueco” al parecer ahora pide que lo llamen “el Paletas”; se llevó a Pedro Eliodoro Palma a bordo de su camioneta Dodge Ram, donde lo golpeó en repetidas ocasiones hasta dejarlo casi moribundo.

Tras mantenerlo asegurado, la Fiscalía General obtuvo información de que posteriormente se trasladó al templo de la Misión de San Francisco Javier, donde le pidió a los sacerdotes Javier Campos Morales y Joaquín César Mora Salazar que le brindaran los santos óleos porque ya se iba a morir.

Con el temor y la presión del líder criminal, los clérigos habrían accedido a bendecirlo y emitir unas oraciones para el eterno descanso de Pedro Palma y al terminar el ritual, escucharon el balazo que descargó en contra del guía de turistas.

Según la información de la Fiscalía General del Estado, “el Chueco” habría realizado otros disparos en contra de los párrocos. De estos hechos al parecer se cuenta con el testimonio de otro sacerdote que estaba en la iglesia que también se integró a la carpeta de investigación.

De igual forma, en el recuento de los hechos, los agentes hablaron con pobladores del área, quienes afirmaron que vieron a José Noriel por espacio de una hora al interior de la iglesia y finalmente cuando se retiró del lugar, lo observaron cargar los cuerpos en su pick up y se retiró del lugar de los hechos.

Hasta el momento, los cadáveres de las víctimas no han sido localizados, tampoco las cuatro personas que aparentemente fueron raptadas y quienes ya son buscadas desde el pasado lunes, cuando fueron llevadas en contra de su voluntad del hotel donde se hospedaban.

De acuerdo con archivos periodísticos, a finales de abril la Secretaría de la Marina implementó un operativo especial en el municipio de Urique con el objetivo de capturar a José Noriel, pero logró escapar y los elementos sólo lograron llevarse un arsenal valuado en más de 26 millones de pesos.

Cortesía: El Heraldo de Chihuahua

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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