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Chihuahua

Da EU asilo político a nieta de Marisela Escobedo

Una niña de cuatro años, nieta de una activista asesinada e hija de una víctima de la violencia en Ciudad Juárez recibió asilo político en Estados Unidos.

Se trata de Heidi Rubí, nieta de la activista Marisela Escobedo e hija de Rubí Marisol Freyre, ambas asesinadas en nuestro estado.

Juan Freyre Escobedo, tío de la menor, confirmó que la pequeña recibió asilo y que se encuentra ya en territorio estadunidense al cuidado de otros familiares cercanos que también huyeron de México por la violencia imperante.

Desde agosto de 2008, Heidi Rubí quedó al cuidado de su abuela Marisela Escobedo, luego de que la madre de la pequeña, Rubí Marisol Freyre, de 17 años, desapareciera. Sin embargo, en diciembre de 2010, la abuela fue asesinada frente al Palacio de Gobierno de Chihuahua.

Sin ayuda de nadie, Marisela Escobedo investigó la desaparición de su hija y concluyó que ésta había sido asesinada por su propia pareja sentimental, Sergio Rafael Barraza; logró ubicarlo y denunciarlo. Fue capturado en Fresnillo, Zacatecas, el 16 de junio de 2009.

Barraza confesó que asesinó a Rubí Marisol. Sin embargo, fue liberado “por falta de elementos”. A partir de entonces, Marisela Escobedo dedicó sus esfuerzos a exigir justicia.

Escobedo instaló un plantón indefinido frente al Palacio de Gobierno de Chihuahua. El 16 de diciembre de 2010, un hombre se acercó al campamento de la activista y le disparó; la mujer alcanzó a llegar frente a la sede del gobierno estatal; ninguna ayuda recibió. El asesino fue identificado como Sergio Rafael Barraza, el mismo que ultimó a Rubí Marisol.

Después del asesinato, la pequeña Heidi Rubí fue trasladada por unos tíos a territorio estadunidense, donde solicitaron asilo político. La niña fue llevada a un albergue para inmigrantes en Houston, Texas; sus familiares, al Centro de Detenciones de la Oficina de Inmigración y Aduanas (ICE) en El Paso.

Heidi Rubí fue entregada a familiares poco después de un mes.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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