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Chihuahua

Denuncia PAN ante el IEE actos anticipados de campaña

Por actos anticipados de campaña, el Comité Directivo Estatal del PAN presentó una denuncia en contra de los precandidatos a alcaldes del PRI de Chihuahua, Cd. Juárez, Cuauhtémoc, Delicias y Camargo, así como del Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional.

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Por actos anticipados de campaña, el Comité Directivo Estatal del PAN presentó una denuncia en contra de los precandidatos a alcaldes del PRI de Chihuahua, Cd. Juárez, Cuauhtémoc, Delicias y Camargo, así como del Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional.
Siendo las 17:51 pm del primer día de precampañas, el titular del área jurídica del CDE panista, Jesús Limón Alonso, presentó la denuncia ante el Instituto Estatal Electoral que preside Fernando Herrera Martínez, misma que fue recibida y turnada para su análisis.
Las pruebas de la denuncia son los spots de radio y televisión que están publicando los medios de comunicación en los municipios antes mencionados, donde aparecen Enrique Serrano Escobar, en el caso de Juárez; Javier Garfio Pacheco, en el caso de la Capital; Jorge Ramírez Alvídrez, de Cuauhtémoc; Ricardo Orviz Blake, de Delicias; y Jesús José Sáenz Gabaldón de Camargo.
En todos los casos en mención, los precandidatos priístas, siendo los únicos contendientes usan ilegalmente los espacios de radio y televisión otorgados por el Instituto Federal Electoral para promocionar su imagen, cuando la designación de candidatos ya está definida por las cúpulas de su partido. Sólo es permitido utilizar dichos espacios por los precandidatos cuando se tiene considerado realizar una elección de entre varios.
La finalidad de las precampañas consiste en dar a conocer a los precandidatos con el objeto de elegir de entre varios, por tanto, si solamente se registró un precandidato o el partido optó por la designación directa es innecesario que se lleve a cabo las actividades tendentes a la elección del candidato.
Específicamente, los precandidatos priístas violentan la Ley Electoral del Estado de Chihuahua en distintos aspectos, los principales son los consagrados en los artículos 41 y 116, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: relativos a la legalidad, la imparcialidad, la objetividad, la certeza, la independencia y la equidad.
En concreto, en ellos se señala que “El proceso interno de selección de candidatos que realizan los partidos políticos, tiene como propósito terminal la definición de los candidatos que van a contender en las elecciones populares”.
Por ello, el Partido Acción Nacional en Chihuahua solicitó a la autoridad electoral retire de inmediato del aire dichas publicaciones, aplique las sanciones correspondientes y exija al Partido Revolucionario Institucional se apegue a las reglas de la contienda sin trampas ni marrullerías.
Redacción: Corina Muruato
mario

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Chihuahua

Aguinaldo debe pagarse a más tardar este 20 de diciembre, recuerda la STPS

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La Secretaría del Trabajo y Previsión Social informó que el próximo 20 de diciembre de 2025 es la fecha límite para que las y los trabajadores reciban el pago del aguinaldo correspondiente, de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo. La dependencia llamó a las personas empleadoras a cumplir en tiempo y forma con esta obligación legal.

La autoridad laboral precisó que el aguinaldo equivale, como mínimo, a 15 días de salario por cada año laborado. En los casos en los que la persona trabajadora no haya cumplido un año completo de servicios, el pago deberá realizarse de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado durante el año.

El titular de la STPS, Diódoro José Siller Argüello, señaló que el incumplimiento de este derecho laboral, así como el pago incompleto o la entrega en especie, constituye una falta a la ley y puede derivar en sanciones y multas económicas para las personas empleadoras. Estas medidas se encuentran previstas en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.

Asimismo, se aclaró que el derecho al aguinaldo aplica para todas y todos los trabajadores, sin importar el tipo de contrato bajo el cual presten sus servicios. La obligación se mantiene tanto para contratos por tiempo determinado como indeterminado, así como para cualquier otra modalidad laboral reconocida por la ley.

Para quienes requieran orientación o asesoría gratuita sobre el pago del aguinaldo, la STPS puso a disposición los teléfonos de la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo al número (614) 429 33 00, extensiones 12155 y 24741. De igual forma, se puede solicitar apoyo en el Centro de Conciliación Laboral a través de las extensiones 26301 y 26303.

La dependencia también brinda atención presencial en el Palacio de Justicia Laboral, ubicado en la calle Allende número 901, en la colonia Centro, donde se ofrece información y acompañamiento a las personas trabajadoras que lo soliciten.

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