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México

Denunciarán a EU y México por caso Alondra

Con la asesoría y apoyo legal de la Procuraduría Estatal de Derechos Humanos y de la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación (Segob), los padres de Alondra ,la menor que la Interpol sustrajo de la secundaria Sor Juana Inés de la Cruz de esta ciudad, presentarán demandas ante autoridades de México y EU por la violación a las garantías de la niña.

Mientras, la Procuraduría de Justicia de Michoacán inició una averiguación previa en contra de la juez de primera instancia en materia civil, con sede en Los Reyes, Cinthia Elodia Mercado García, por “posibles hechos constitutivos de delito” cometidos en la audiencia de restitución de la menor, en la que resolvió la custodia de Alondra Luna a favor de Dorotea García Macedo, quien decía ser su madre biológica y se la llevó a Houston, Texas, en donde se probó mediante estudios de ADN que era falso.

El Consejo del Poder Judicial de Michoacánsolicitó a la juez un informe pormenorizado del procedimiento que realizó en la restitución internacional de la menor.

En el tratado internacional, del cual forma parte México, se observa que: La Convención de La Haya sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores (firmado el 25 de octubre de 1980, y vigente para México a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, el 6 de marzo de 1992), puesto que es responsabilidad de diversas instituciones del país, entre ellas los tribunales de justicia, el cumplimiento de los procedimientos que ahí se señalan.

Apoyo a la familia.
Gustavo Luna Romero, padre de Alondra, señaló que el coraje que siente por la cadena de errores y abusos por parte de las autoridades en agravio de su hija y de su familia, lo mantiene firme en su decisión de presentar denuncias en contra de los responsables en México y Estados Unidos.

La madre de Alondra, Susana Núñez, explicó que no aceptará “una disculpa” como respuesta a su demanda de justicia, porque es mucho el daño que le han causado a su familia.

En este sentido, el subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación, Roberto Campa Cifrián, se comunicó por teléfono con los padres de la menor y a nombre del titular de la Segob, Miguel Ángel Osorio Chong, les ofreció ayuda legal y sicológica para Alondra.

En entrevista radiofónica con Leonardo Curzio, el funcionario federal consideró que la disculpa pública es un recurso útil, pero «me parece que en casos como éste es insuficiente, necesitamos además de eso, me parece que tenemos que trabajar para reparar el daño que se ha generado».

El próximo martes Campa viajará a Guanajuato para reunirse con los padres de la menor, por lo que posiblemente Alondra regresará a clases ese día y no el lunes como se dijo.

Desde el miércoles pasado que Alondra volvió a su hogar, a Gustavo lo acompaña el abogado Carlos Ruiz, de la Procuraduría de Derechos Humanos y, una psicóloga de la institución está pendiente de la menor.

Además, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) solicitó información a varias dependencias del gobierno federal sobre su actuación en el caso de Alondra.

La información fue solicitada a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), Procuraduría General de la República (PGR), Comisión Nacional de Seguridad, Presidencia del Sistema DIF en el estado de Michoacán y al Tribunal Superior de Justicia.
Agregó que una vez que se reciban los informes solicitados, la CNDH los analizará a fin de emitir el pronunciamiento que proceda sobre la existencia de violaciones a los derechos humanos de la la adolescente.

Fuente: El Informador

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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