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Desechan en definitiva amparo de América Móvil y Telcel

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Distrito Federal ? Un tribunal federal desechó en definitiva los amparos de América Móvil y Telcel que buscaban impugnar una parte de la reforma Constitucional de telecomunicaciones de 2013.

El Segundo Tribunal Colegiado Especializado en Telecomunicaciones y Competencia confirmó el fallo de una juez de distrito, que el pasado 15 de abril desechó parcialmente, por notoria improcedencia, los amparos que las empresas de Carlos Slim promovieron para impugnar la resolución que las declaró preponderantes en el sector de telecomunicaciones.

Si bien, la juez Silvia Cerón aceptó revisar la resolución, dictada por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) el 6 de marzo, al mismo tiempo desechó los argumentos encaminados a cuestionar el artículo Octavo transitorio de la reforma Constitucional, en el que se fijaron las reglas para determinar agentes económicos preponderantes.

Tanto la juez como el Tribunal Colegiado señalaron que el artículo 61 de la Ley de Amparo prohíbe este tipo de demandas para impugnar modificaciones o adiciones a la Constitución.

El Tribunal Colegiado aprobó el 2 de julio por unanimidad los proyectos de la magistrada Adriana Campuzano, en los que se declararon infundadas las quejas de América Móvil y Telcel, y hoy notificó oficialmente las sentencias.

El 18 de junio, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia había desechado una petición de las empresas para ejercer su facultad de atracción y resolver estos recursos.

Una vez resueltas las quejas, la juez Cerón podrá reanudar el trámite del juicio de amparo, en el que determinará si el IFT se ajustó a las reglas Constitucionales al declarar preponderantes a ambas empresas, a las que sujetó a decenas de obligaciones para facilitar la competencia en el sector.

«América Móvil y Telcel no reclamaron ningún precepto o porción normativa contenida en alguno de los 136 artículos de la Constitución», decían los recursos de queja de las telefónicas, «y es claro y notorio que no se ha reclamado una adición o reforma -Constitucional, sino los vicios del procedimiento de reforma».

Agregaban que una cosa es la Carta Magna y otra el decreto para reformarla, mismo que contiene varios artículos transitorios que deberían ser susceptibles de revisión en cuanto al procedimiento para su aprobación.

«Si los transitorios del decreto equivalen a artículos Constitucionales, ¿por qué no los incluyeron en la Constitución?», cuestionaban las empresas de Slim.

Grupo Televisa también intentó una impugnación similar, como parte de su amparo contra la declaración de preponderancia en el sector de radiodifusión, y es previsible que el desechamiento parcial de su demanda también será confirmado.

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Marzo será el mes de las mujeres en el Estado de Chihuahua

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Las mujeres han sido clave en el desarrollo social, cultural, económico y político del Estado, pero continúan enfrentando desigualdad, discriminación y violencia que restringen el pleno ejercicio de sus derechos, por ello, el Congreso del Estado declaró el mes de marzo como “Mes de las Mujeres”, acto que representa una acción afirmativa que busca fortalecer la participación social e institucional en torno a los derechos humanos de las mujeres.

Fue la diputada Irlanda Márquez Nolasco presidente de la Comisión de Igualdad dio lectura al dictamen correspondiente, en el cual se detalla que la ONU ha establecido como objetivo número 5 de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible “Lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y niñas”, por ello la necesidad de fortalecer las acciones necesarias.

El 8 de marzo de cada año, es reconocido a nivel mundial como el Día Internacional de la Mujer, fue en el año de 1975 establecido por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), como una fecha conmemorativa para reconocer su igualdad, justicia y participación plena en la sociedad, a esta conmemoración se unen las mujeres de todos los continentes; por ello, Chihuahua refuerza las acciones con la declaratoria, a fin de convertir al mes citado, en un periodo dedicado a acercar la historia, la cultura y las diversas realidades de las mujeres a la sociedad.

Es importante destacar que, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la CEDAW y la Convención de Belém do Pará; así como la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Chihuahua y la Ley Estatal del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, establecen la responsabilidad del Estado para impulsar políticas públicas, acciones de capacitación y programas de sensibilización dirigidos a eliminar la violencia y garantizar la igualdad sustantiva.

Cabe destacar que la iniciativa que dio origen a esta declaratoria, fue presentada por la diputada América Aguilar Gil.

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