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Chihuahua

Día Internacional de los Museos: INAH cuenta con dos museos que se ocupan de la historia del estado de Chihuahua

El Día Internacional de los Museos es un evento coordinado por el Consejo Internacional de Museos (ICOM) que tiene lugar cada año alrededor del 18 de mayo. Este evento pone de relieve un tema diferente cada año y que está en el centro de las preocupaciones de la comunidad de los museos

La red de museos del INAH está integrada por 162 recintos que dan cuenta de un pasaje de la historia nacional o estatal, o bien que refuerzan los conocimientos sobre una localidad, un sitio histórico o arqueológico importante.

En Chihuahua, el INAH sostiene dos museos, el Museo de las Culturas del Norte, que funge como museo de sitio del sitio arqueológico de Paquimé, en el municipio de Casas Grandes, y el Museo de la Revolución en la Frontera, ubicado en la ex aduana de Ciudad Juárez.

El Museo de las Culturas del Norte abrió sus puertas el 26 de febrero de 1996 y alberga una de las más bellas colecciones arqueológicas del México Antiguo recuperada durante las excavaciones de Paquimé y de otros importantes sitios arqueológicos de la región conformada por el Norte de México y el Suroeste de los Estados Unidos conocida como la Gran Chichimeca.

Este acervo tiene un valor especial por incluir varias piezas únicas en su tipo y pertenecer a un sitio declarado en 1998, por la UNESCO, Patrimonio Cultural de la humanidad

Mientras que el Museo de la Revolución en la Frontera se encuentra en un edificio que es un auténtico protagonista y testigo de la Revolución Mexicana, ya que en 1909 albergó a los presidentes Porfirio Díaz de México y William Howard Taft de los Estados Unidos cuando celebraron aquella famosa entrevista el 16 de octubre de 1909. En mayo de 1911, después de la toma de la ciudad fronteriza, Francisco I. Madero instaló ahí sus oficinas y la empleó como presidencia provisional de la República, en 1913 fue cuartel del General Francisco Villa y en 1914, presidencia provisional al recibir en sus instalaciones al gobierno revolucionario de Carranza.

Después de algunos años de abandono, el 22 de noviembre de 1975 por medio del Diario Oficial de la Federación se decreta que el edificio sea enajenado al gobierno del estado y cedido a la Secretaría del Patrimonio Nacional a efecto que se destine al establecimiento de un museo. En abril de 1983 se firma un convenio para restaurarlo y convertirlo en museo y centro cultural. El 18 de julio de 1990 mediante un acuerdo entre los gobiernos municipal, estatal y el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), se inaugura como Museo de la Revolución en la Frontera Ex Aduana de Ciudad Juárez.

Durante la conmemoración del centenario de la Revolución el museo es re conceptualizado como Museo de la Revolución en la Frontera y reinaugurado el 20 de mayo de 2011.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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