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Diputados aprueban, en lo general, dictamen que regula uso lúdico de la marihuana

La Cámara de Diputados aprobó este miércoles en lo general con 316 votos a favor, 129 en contra y 23 abstenciones el paquete de leyes que despenalizan el uso lúdico de la mariguana.

Con lo anterior, se autoriza la posesión de hasta 28 gramos de esta yerba para el consumo personal y el cultivo de seis plantas , y si en la vivienda hay más de un consumidor, podrán tener ocho; esto es sólo en personas mayores de 18 años.

Este dictamen avalado es distinto al que envió en noviembre el Senado, pues los diputados le hicieron modificaciones a las tres leyes: para la Regulación de la Cannabis, a la General de Salud y al Código Penal Federal.

Aquí te decimos lo que aprobaron los diputados en consumo, venta, comercialización, industrialización, licencias y sanciones.

Consumo
Los usos del cannabis son: autoconsumo, producción en casa habitación para uso personal con fines lúdicos y producción por asociaciones de cannabis para consumo de asociados; producción para la comercialización y ventas con fines lúdicos; producción con fines de investigación, y producción de cáñamo para fines industriales.

Es derecho de las personas mayores de 18 años consumir cannabis. Ellos podrán cultivar y poseer en su casa hasta seis plantas de cannabis sólo para uso personal, pero si en la residencia vive más de una persona consumidora mayor de edad, podrá tener hasta ocho plantas.

En la vivienda donde se efectúe el consumo de cannabis, los consumidores deberán tomar las medidas necesarias que impidan que el humo pueda ser inhalado por personas no consumidoras.

Se impide el consumo de cannabis en lugares denominados como 100% libres de humo de tabaco, así como en las escuelas públicas y privadas de cualquier nivel educativo.

Se prohíbe realizar cualquier tipo de trabajo o actividad laboral remunerada estando bajo los influjos del cannabis.

Impide a las personas menores de edad consumir cannabis con fines lúdicos, en caso de hacerlo, no serán sancionados.

Quienes provean o faciliten el cannabis a menores de edad, incurrirán en un delito.

El Estado difundirá información sobre los riesgos del consumo de cannabis con el objeto de inhibir su consumo, especialmente sobre los riesgos de consumo por parte de menores de 25 años.

El Sistema Nacional de Salud deberá instrumentar programas y acciones para la prevención y atención del uso problemáticos del cannabis con fines lúdicos.

Venta
La venta del cannabis se realizará exclusivamente dentro del territorio nacional en los establecimientos autorizados por la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic).

Se prohíbe el empleo de menores de 18 años en cualquier actividad relacionada con la producción, venta y consumo de cannabis.

Se impide la promoción y propaganda de la producción y el consumo del cannabis en cualquiera de sus presentaciones.

Asociaciones
Los mayores de 18 años podrán constituir asociaciones de cannabis para cultivar y poseer plantas de cannabis para consumo de los asociados con fines lúdicos.

Las asociaciones deberán constituirse con un mínimo de dos personas y un máximo de 20 personas mayores de edad, y podrán cultivar cuatro plantas por socio sin exceder, en ningún caso, 50 plantas.

Se prohíbe que en estos lugares se venda o consuma bebidas alcohólicas ni se deberá permitir el acceso al domicilio social a menores de 18 años.

Comercialización
Toda persona que produzca o distribuya cannabis y sus derivados para su comercialización y venta con fines lúdicos requerirá una licencia.

Las personas consumidoras que adquieran cannabis deberán hacerlo en los establecimientos autorizados por la Conadic.

Quien comercialice o distribuya deberá cerciorarse que sólo los mayores de 18 años ingresen a los establecimientos, por lo que deberán pedir la presentación de identificación oficial con fotografía.

Industrialización
Toda persona que produzca o distribuya cáñamo, requerirá licencia, la cual será otorgada por la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), previa opinión de la Conadic que tendrá carácter vinculante.

Licencias
Las licencias que otorgue la Conadic serán: las integrales, las cuales permitirán a sus titulares realizar desde el cultivo hasta la comercialización y venta al usuario del cannabis; licencias con fines de producción, permitirán el cultivo del cannabis; las de distribución, permitirán la adquisición de cannabis a un productor con fines de su venta a un comercializador.

También licencia con fines de venta al usuario final, permitirá la distribución para su venta final en establecimientos autorizados; la de producción o comercialización de productos derivados del cannabis, permite comprar cannabis a un productor autorizado a fin de transformarla en productos para su venta al usuario final.

La Conadic con la participación de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural determinará la extensión máxima anual autorizada para la siembra de cannabis a cielo abierto o bajo cubierta.

Las licencias y permisos otorgados por la Conadic tendrán vigencia mínima de un año y máximo de cinco. Estos serán intransferibles.

Sobre los permisos de autoconsumo, serán expedidos a personas mayores de 18 años, no otorgarán más de un permiso por domicilio; la vigencia será de un año y la solicitud de permiso será resuelta máximo en tres meses.

Sanciones
Aquellas personas que traigan más de 28 gramos y hasta 200 gramos de cannabis, serán remitidas a la autoridad competente y sancionadas hasta con 10 mil 754 pesos.

Será multada hasta con 360 mil pesos a quien emplee a personas menores de 18 años para cultivar y poseer en su casa plantas de cannabis.

Establece que la Conadic inspeccionará y verificará los términos dispuestos en la Ley Federal para la Regulación de la Cannabis; es decir, verificará que se cumpla el número de plantas que se poseen, que se cuente con licencias para cultivar, poseer y vender mariguana, entre otras.

A quien impida estas inspecciones, será sancionado, si es la primera oposición, hasta con 86 mil 620 pesos; si es la segunda oposición, se le suspenderá la licencia que tenga y la sanción de hasta 360 mil pesos, y si la negativa persiste, se revocará la licencia y se le avisará al Ministerio Público.

Será sancionado hasta con 26 mil 886 pesos a quien consuma mariguana en lugares no autorizados por la Conadic, como en lugares 100% libres de humo de tabaco, en escuelas públicas y privadas.

También será castigado hasta con 36 horas de arresto a quien conduzca cualquier vehículo, maneje u opere equipo o maquinaria bajo los efectos de THC (tetrahidrocannabinol).

Fuente: Forbes

México

Pone ‘El Mayo’ ultimátum: me repatrian o el colapso

Ismael «El Mayo» Zambada, líder de Cártel de Sinaloa, exigió al Gobierno de México que reclame a Estados Unidos su repatriación porque, de no hacerlo, la relación entre los dos países sufrirá un «colapso».

Juan Manuel Delgado González, asesor jurídico de Zambada en México, confirmó que la petición fue presentado ayer en el Consulado General de México en Nueva York un escrito al que tuvo acceso Grupo Reforma y donde Zambada exige que lo defienda el gobierno.

Debe intervenir (el gobierno) a fin de que el presente asunto no resulte en un colapso en la relación bilateral entre ambos países, puesto que no se debe de perder de vista la irregular e ilegal manera en que el suscrito fui puesto a disposición de las autoridades de los Estados Unidos de América».

En julio del 2024, Zambada fue engañado por Joaquín Guzmán López, hijo de «El Chapo» Guzmán, fue secuestrado para llevarlo a Texas donde enfrenta cargos por delincuencia organizada, homicidio, narcotráfico en gran escala y lavado de dinero, entre otros.

En la solicitud de asistencia consular, el capo señala que si no se interviene en favor de sus derechos, políticos y funcionarios mexicanos también pueden ser secuestrados y trasladados ilegalmente al país vecino.

Por lo anterior, expresa que la respuesta del Estado mexicano «no es opcional», porque tiene la obligación ineludible de defenderlo.

«Si el Gobierno de México no actúa, el suscrito seré condenado a pena de muerte sin lugar a ninguna duda y además esto constituirá un precedente peligroso que permitiría que en cualquier momento cualquier gobierno extranjero pudiera de manera impune violentar nuestro territorio y soberanía, interviniendo para la detención de cualquier persona, incluso políticos o funcionarios del Gobierno, para ser trasladados a la jurisdicción norteamericana sin que nada suceda», manifiesta.

«Exijo y demando que el Estado mexicano cumpla con su obligación ineludible de intervenir de manera inmediata, contundente y sin margen de discrecionalidad para exigir formalmente a los Estados Unidos de América garantías y seguridades absolutas, plenas, vinculantes e irrevocables de que no se me impondrá ni se ejecutará la pena de muerte en su jurisdicción. Esta exigencia no es opcional, ni puede ser interpretada como una cuestión de oportunidad política o diplomática».

El documento firmado por Zambada advierte que, de no haber una exigencia categórica y formal de sus garantías, «constituiría una traición al sistema jurídico mexicano» y al deber del Estado de garantizar la seguridad de sus ciudadanos, sin excepción alguna.

«En este contexto, en cuanto hace a mi asunto en particular, resulta una obligación del Estado Mexicano: presentar una protesta formal ante las autoridades estadounidenses, señalando la violación del Tratado (de México y Estados Unidos para prohibir los secuestros transfronterizos) y exigiendo el respeto a la soberanía mexicana y al debido proceso legal», señala.

Solicitar la repatriación inmediata de mi persona, argumentando que mi traslado fue ilegal y que cualquier proceso judicial en mi contra debe llevarse a cabo en México, conforme a las leyes nacionales y los acuerdos internacionales vigentes».

En una parte de su escrito, el líder del Cártel de Sinaloa requiere al Gobierno de México para que pida a los estadounidenses un informe detallado de las circunstancias de su secuestro y traslado, identificando quiénes permitieron su entrada a la Unión Americana y bajo qué base legal.

También, que le informen la identidad de las personas involucradas en su traslado, tanto del lado estadounidense como del lado mexicano.

La razón por la que alega que el Gobierno federal debe exigir la cancelación del proceso al que está sometido en Nueva York, es precisamente porque el procedimiento tiene como origen su secuestro y traslado ilegal a la Unión Americana.

«Esta exigencia no es una cuestión discrecional ni sujeta a consideraciones políticas o diplomáticas», dice.

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