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México

Dueño de Altos Hornos cubre fianza de un mde para salir de prisión

El empresario mexicano Alonso Ancira, conocido en su país como «el rey del acero», ha abonado la fianza de un millón de euros (1.13 millones de dólares) impuesta por un juez español para salir de prisión mientras se decide sobre su extradición a México, donde es reclamado por corrupción y blanqueo.

Ancira, que también posee la nacionalidad estadounidense, entró en prisión el 29 de mayo pasado en la ciudad insular mediterránea de Palma de Mallorca por orden del magistrado de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz.

Cuando salga de la cárcel deberá cumplir con las medidas cautelares de comparecencias en el juzgado cada dos días, prohibición de salir de España y retirada del pasaporte.

Fue detenido el 28 de mayo en el aeropuerto de esa ciudad en cumplimiento de una orden de detención emitida por México, pero el empresario se negó a ser entregado.

En México se enfrenta a acusaciones por delitos que causaron «grave daño patrimonial» a la compañía estatal Petróleos Mexicanos (Pemex), según la Fiscalía mexicana.

La investigación sobre Ancira, propietario de Altos Hornos de México (Ahmsa), comenzó por una denuncia de Pemex presentada el pasado 5 de marzo «con motivo de una serie de delitos que motivaron un grave daño patrimonial a esa empresa».

Los delitos que se le atribuyen están relacionados con el supuesto sobreprecio en la venta de una planta de fertilizantes a Pemex en 2013.

Según los investigadores, la venta de esa planta fue sellada con un sobreprecio de unos 500 millones de dólares por Ahmsa cuando Pemex era dirigida por Emilio Lozoya Austin, sobre quien también pesa una orden de captura.

Según indicaron fuentes del Gobierno de México, la planta de fertilizantes no tenía un valor que superara los 50 millones de dólares, por lo que se considera que la operación afectó negativamente a Pemex, además de que todavía no funciona por estar obsoleta.

Se sospecha, según fuentes jurídicas consultadas por EFE, que con el dinero obtenido ilícitamente por la venta de la planta se compró un condominio en México.

Lozoya Austin, director de Pemex durante el Gobierno del presidente Enrique Peña Nieto (2012-2018), es investigado también por haber recibido presuntamente unos 10.5 millones de dólares en sobornos de la constructora brasileña Odebrecht.

Excelsior

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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