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Chihuahua

El poeta Rogelio Treviño falleció hace más de un mes… apenas reconocieron su cuerpo

 El reconocido poeta Rogelio Treviño falleció hace más de un mes. Su cuerpo se encontraba desde el 8 de enero en el C-4 y no había sido identificado ni reclamado. Se cree que pudo haber fallecido por hipotermia ya que no tenía hogar.

Rogelio Treviño nació en la ciudad de Chihuahua el 30 de abril de 1953, es hijo del señor Simón Treviño y su madre Fracisca Montijo de Treviño. Por su obra literaria recibió el Premio Chihuahua en poesía 1992 con su libro “Septentrión. Las siete estrellas de la osa menor” y el Premio Chihuahua 1998 en el género de Novela con su obra “La mujer que no fui”.

Es un poeta que constituye una emblemática de una generación de escritores chihuahuenses que surgieron en los años sesentas como son Víctor Hugo Rascón Banda, José Vicente Anaya, Ignacio Solares y Carlos Montemayor, chihuahuenses radicados en el Distrito Federal, entre otros artistas que decidieron radicar en el estado como Jesús Gardea, Enrique Cortázar, Rubén Mejía, Enrique Servín Herrera, entre otros.

Treviño Montijo cuenta con quince obras publicadas, varios premios nacionales y binacionales, un homenaje al mérito literario en el cumplimiento de sus 40 años de trayectoria creativa, más los 20 años de su obra magna “Septentrión”.

El maestro Eduardo Langagne, director de la Fundación para las Letras Mexicanas, A.C. explica claramente las virtudes literarias del homenajeado: “Rogelio Treviño se dio a conocer en su natal Chihuahua durante la década de los años setentas en un contexto cultural caracterizado, al nivel de la cultura popular, por la música y la letrística del rock, el apogeo y la decadencia de las utopías socialista y contracultural, y al nivel de la cultura literaria por una fuerte presencia de la narrativa de la onda, la poesía social y el acceso limitado, en el contexto de los Estados a las poéticas de vanguardia y a las tradiciones no occidentales de creación literaria.

A contracorriente, sus primeros libros mostraban fuentes diversas en las que sobresale una personalidad muy definida, con un alto grado de refinamiento intelectual y literario. “Lámpara de piedra”, publicado a finales de los años setentas deja sentir ya una voz individual concentrada en la exploración de cuestionamientos religiosos y desde un tono celebratorio de gran sensibilidad y muy inusual en la poesía de sus coterráneos.

La serie de poemarios que le siguieron confirmaron su sello de identidad que hacen de Rogelio Treviño uno de los pocos poetas auténticamente metafísicos en el panorama de la actual literatura norteña. Treviño parte de su gnosticismo al que llega a expresar a través de una impecable y atrevida musicalidad, mediante una imaginería brillante y sorpresiva.

Su obra poética de 20 años reunida en la obra “Lámpara en el Granero”, que incluye trece libros individuales, resaltan la unicidad de su voz, la intensidad sostenida en el tono, la multiplicidad de recursos mediante los que su poética se expresa y la profunda agudeza con la que materializa su visión del mundo.

Entre su obra poética cuenta con las siguientes publicaciones: “Lámpara de piedra”, “Canciones para Lacksmi”, “Luz de ámbar”, “Samalayuca”, “La ventana en el árbol”, “Ceugant: el caballero que se venció a sí mismo”, La dama botella”, “Septentrión”, “Cíbola” y “Rapsodia para una dama de ladrillos”.

Entre sus obras de cuento y novela destacan “Hombre de un solo lado”, “El amor sólo cambia de rostro“ (antología de cuentos), “Pie sombra” y la novela “La mujer que no fuí”.

Dentro de la Jornada de Creadores del Programa de Estímulos a la Creación y al Desarrollo Artísticos “David Alfaro Siqueiros” 2011, se hace acreedor a la Medalla al Creador Emérito, en reconocimiento a su destacada obra literaria a lo largo de 40 años.

Cabe mencionar que su cuerpo se encontraba en las instalaciones del C-4 desde el 8 de enero y no había sido identificado ni reclamado.

Al parecer falleció por hipotermia ya que no tenía hogar, andaba de indigente de calle en calle, día y noche.

Toda su vida la vivió como un auténtico poeta hasta sus últimas consecuencias.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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