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Chihuahua

Eligen a la primera mujer presidenta del Poder Judicial del Estado de Chihuahua

El Magistrado Rafael Quintana en su carácter de presidente interino, convocó a reunión extraordinaria pública al Pleno del Tribunal a fin de llevar a cabo la elección del nuevo titular de la presidencia del Poder Judicial.

En sesión pública extraordinaria y siendo señalada la asistencia presencial de la totalidad de los magistrados y magistradas integrantes del Tribunal Superior del Estado en la sala del Pleno, en cumplimiento al único orden del día se procedió a lo dispuesto por el artículo 44 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado referente a la designación del nuevo titular De la Presidencia del Pleno del Tribunal, mismo que entrará en funciones según lo dispuesto por el artículo 265 fracción IV del citado ordenamiento legal para el ejercicio del periodo vigente, es decir hasta 4 de octubre de 2023, tiempo que resta en ausencia de su predecesor.

Los magistrados y magistradas integrantes del pleno del Tribunal propusieron como única candidata a la sucesión de la Presidencia a la Magistrada Myriam Victoria Hernández Acosta reiterando en todo momento que la propuesta se debió a su notable labor y desempeño en el Poder Judicial del Estado, por lo que conforma lo marca la ley se procedió a la respectiva votación mediante cédula resultando electa por decisión unanime.

Una vez elegida a la primer Magistrada Presidente en la Historia del Tribunal Superior de Justicia del Estado se realizó la toma de Protesta correspondiente del nuevo titular, quien manifestó que las decisiones habrán de tomarse en el consenso y en la unidad del Pleno, dando como mensaje a la sociedad que el Poder Judicial del Estado es un poder robusto, honorable y digno que imparte justicia y que no opera con venganzas o intereses personales.

La Magistrada Myriam Victoria Hernández Acosta actualmente se encuentra adscrita a la Tercera Sala Civil, adscripción que deberán relevar, toda vez que el citado ordenamiento legal dispone que la persona que ostente la titularidad de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia será designada a su vez como presidente del Consejo de la Judicatura es que deberá reunirse el pleno a fin de hacer los tramites pertinentes, por la designación.

La Magistrada Miriam Victoria Hernández Acosta es originaria de la Ciudad de Hidalgo del Parral, nacida el 25 de Junio de 1975, casada ; egresada en 1998 de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Chihuahua, a partir de esa fecha ingreso a la institución como oficial notificador y ministro ejecutor para después en 1999 fue secretaria proyectista de un tribunal de Parral , también ha fungido como juez provisional y después definitiva del Distrito Judicial Camargo en 2006 y actualmente ostenta el cargo de titular en tercera sala civil desde 2016.

La ahora Presidenta del Poder Judicial del Estado de Chihuahua, cuenta con una Maestría en derecho de familia y especialista en psicología y derecho de familia y menores.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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