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México

Eliminar la tenencia ¿Qué tan cierto resultó?

Luego de la eliminación este año de la Tenencia Vehicular a nivel federal, siete entidades del país suprimieron el impuesto, dos mantienen el cobro y 23 ya publicaron leyes o subsidios locales a la obligación.

De acuerdo con el mapa de la Asociación Mexicana de Distribuidores de Automotores (AMDA), en Baja California Sur y en Nayarit se continúa con el cobro del gravamen como estaba implementado a nivel federal.

Entre los estados donde se eliminó el impuesto, menciona a Sonora, que lo suprimió en forma generalizada, al igual que Chihuahua, pese a que estableció una contribución a cargo de los propietarios de automóvil de 300 pesos, de 450 pesos a los de camión y omnibus, de 150 pesos para los remolques y de 50 pesos para motocicletas.

Indica que en Jalisco, Guanajuato, Morelos, Puebla y Chiapas, el cobro del impuesto se eliminó por completo y no se contempla ninguna sustitución del mismo.

Por su parte, añade, los estados con impuesto estatal y subsidio por decreto son el Distrito Federal, al ciento por ciento, aplicable a todas las personas físicas y morales sin fines de lucro, con unidades de valor máximo de 350 mil pesos con IVA incluido.

En este caso, explica la AMDA, será requisito indispensable para la aplicación del subsidio que los contribuyentes estén al corriente en el pago de sus contribuciones y que al momento de aplicarlo cubra los derechos por placas.

En Sinaloa se otorga el beneficio en su totalidad a personas que no tengan opción de hacer deducible el gravamen en términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) y cuyos autos tengan cuando menos seis meses de haber sido emplacados en esa entidad.

Según la Asociación, en Durango se eliminó el cobro a automóviles nuevos y usados, siempre y cuando se encuentren al corriente en sus pagos, mientras que en Coahuila el estímulo es para unidades nuevas de hasta 200 mil pesos más IVA y con capacidad de 15 pasajeros, quienes pagan un peso de tenencia, siempre que realicen el trámite dentro de los siguientes 15 días de su adquisición.

Menciona que automóviles usados de hasta 200 mil pesos más Impuesto al Valor Agregado (IVA), de hasta 15 ocupantes, tendrán descuento de hasta 33 por ciento de la Tenencia.

Dichos estímulos en Coahuila son para personas físicas sin actividad empresarial y con licencia vigente, además de otorgarles un estímulo para vehículos de carga de hasta dos toneladas y con valor de hasta 350 mil pesos más IVA para que paguen tenencia de 0.245 por ciento del valor de la unidad.

También se otorga el estímulo para que paguen un 6.0 por ciento menos de tenencia los vehículos de más de 10 años, siempre y cuando la hayan pagado en el mes de enero.

En Nuevo León pagarán tenencia los usuarios de autos modelo 2008 en adelante; en Tamaulipas tienen subsidio total sólo si no tienen adeudos de carácter fiscal; en Zacatecas pagan tenencia los automóviles a partir de los 200 mil pesos de su valor con IVA incluido, en San Luis Potosí se otorga un subsidio de 50 por ciento a los vehículos con valor factura de origen hasta de 150 mi pesos.

En el caso de San Luis Potosí aplica si los contribuyentes están al corriente en el ejercicio fiscal 2011 en el pago de ese impuesto y demás obligaciones fiscales tanto de carácter federal como estatal y el beneficio sólo se aplica a una unidad por propietario.

En Aguascalientes se exentó del pago a todos los vehículos nuevos con un valor de hasta 200 mil pesos con IVA incluido; en Querétaro el subsidio es total por vehículos de hasta 400 mil pesos con IVA incluido; en Hidalgo están exentas todas las unidades con un valor hasta 350 mil pesos IVA incluido.

La AMDA precisa que en el Estado de México, el subsidio es del ciento por ciento aplicable a personas físicas y morales sin fines de lucro, con valor máximo de la unidad de 350 mil pesos más IVA.

En Michoacán el subsidio es total ciento, siempre y cuando estén al corriente de los impuestos federales y estatales.

En el estado de Colima se eliminó el cobro a condición de que los automóviles estén al corriente de sus pagos; en Guerrero se otorga un estímulo a unidades de uso particular cuyo costo no rebase los 200 mil pesos sin IVA y los de servicio público que no tengan valor mayor a 300 mil pesos, en tanto que en Oaxaca se cobrará como impuesto estatal.

En el estado de Veracruz, de 2012 a 2016 se considera un subsidio total ciento a los propietarios de vehículos que no rebasen el valor de 230 mil pesos sin IVA, para lo cual el vehículo deberá estar en el Registro Estatal de Contribuyentes.

En Tabasco, el subsidio a personas físicas o jurídicas colectivas sujetas al impuesto estatal vehicular para un vehículo con valor antes de impuestos de hasta 100 mil pesos del modelo que corresponda y los vehículos con valor superior, el apoyo aplicará sobre esa cantidad, debiendo cubrir el contribuyente el diferencial del impuesto, tomando como base para su liquidación el valor del auto antes de gravámenes y restando la parte proporcional del subsidio que corresponda.

En Campeche se exime totalmente del pago del impuesto en 2012 a vehículos con valor factura de hasta 200 mil pesos sin IVA y que los automóviles hayan sido adquiridos en los ejercicios 2003 a 2012.

Según la AMDA, en Yucatán se exentó el pago de tenencia a todos los autos con un monto de hasta 305 mil 627 pesos a valor factura en 2012 con IVA incluido y en Quintana Roo el subsidio es total, aunque es indispensable que los propietarios estén al corriente en su tenencia y emplacamiento 2011.

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México

Corte ordena a Chihuahua legislar contra injerencia extranjera en elecciones

Corte ordena a Chihuahua legislar contra injerencia extranjera en elecciones

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió este martes una orden al Congreso del Estado de Chihuahua para que legisle en contra de la injerencia extranjera en las elecciones estatales. Esta decisión se deriva de la conclusión de que el Congreso omitió incluir en su reforma electoral del 30 de junio una causal de nulidad que establece la Constitución federal, la cual debe ser considerada cuando la intervención externa influya en los resultados electorales.

El fallo fue aprobado por unanimidad y se produce en un contexto donde la gobernadora de Chihuahua, María Eugenia Campos Galván, del Partido Acción Nacional (PAN), fue acusada en mayo por el partido Morena de presunta “traición a la patria” debido a la participación de agentes de la Agencia Central de Inteligencia (CIA) de Estados Unidos en operaciones de seguridad en el estado.

Sin embargo, la adecuación legislativa que deberá realizar el Congreso local no podrá aplicarse al proceso electoral que comenzará el próximo 1 de octubre, ya que la Constitución establece que las modificaciones electorales fundamentales deben ser publicadas al menos 90 días antes del inicio del proceso electoral en el que se pretende aplicar. Por lo tanto, las nuevas disposiciones solo podrán entrar en vigor en el siguiente proceso electoral.

La resolución del Pleno de la SCJN se basa en un proyecto presentado por la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, quien abordó cuatro acciones de inconstitucionalidad —96/2026 y sus acumuladas 97, 99 y 103— que fueron promovidas en contra de la reforma del 30 de junio a la Constitución de Chihuahua, la Ley Electoral y el Código Municipal del estado.

La ministra Herrerías Guerra explicó que el proyecto propone declarar fundados los agravios relacionados con la omisión legislativa, dado que el Congreso local sí legisló sobre infracciones, sanciones y nulidades vinculadas con violencia, delincuencia e influencia indebida. Sin embargo, no se logró armonizar de manera integral el régimen local con la nueva causa constitucional de nulidad.

Además, el fallo también identificó una omisión legislativa en materia de nepotismo electoral, a sugerencia de algunos ministros, aunque el proyecto original había concluido en sentido contrario. Esta adecuación tampoco tendrá efectos en el proceso electoral 2026-2027.

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