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Chihuahua

En el PAN: Casi hasta los golpes

Un conato de riña se registró esta noche en la sede del Comité Municipal del Partido Acción Nacional durante la junta informativa semanal, cuando un grupo de personas irrumpió en la sala de asambleas y una mujer que lo encabezaba agredió a una militante del PAN.

Los integrantes del grupo que se presentó en la sede panista de 5 de Mayo y 16 de Septiembre no fueron identificados, aunque algunos militantes de Acción Nacional señalaron que se trata de miembros del PRI.

Luis Carlos Gutiérrez, vocero de Acción Juvenil del PAN, fue uno de los militantes del partido de Gómez Morín que aseguraron que las personas que irrumpieron en su reunión son conocidos por su militancia priísta.

Durante el incidente, una panista resultó con lesiones en la boca a manos de la mujer que encabezaba al grupo de irruptores.

Momentos después del incidente, directivos del PAN llamaron a la Policía y los agentes que minutos después acudieron a la sede panista, escoltaron a los presuntos priístas hasta el exterior del edificio.

El vocero juvenil Gutiérrez difundió dos videos donde se observa a quienes irrumpieron en la sede panista y a la líder de los supuestos priístas peleando.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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