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En espera de que entre en vigor la Ley del Registro Civil para el Estado de Chihuahua: Patricia Flores

La diputada Patricia Flores González informó que en días pasados el Congreso del Estado aprobó por unanimidad la expedición de la Ley del Registro Civil para el Estado de Chihuahua, en dónde explicó que los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN fueron iniciadores al presentar una propuesta para su creación en el mes de noviembre de 2012 y dónde se expuso la necesidad de que en la entidad se contará con un ordenamiento legal que regulará el funcionamiento y organización de esta institución.

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La diputada Patricia Flores González informó que en días pasados el Congreso del Estado aprobó por unanimidad la expedición de la Ley del Registro Civil para el Estado de Chihuahua, en dónde explicó que los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN fueron iniciadores al presentar una propuesta para su creación en el mes de noviembre de 2012 y dónde se expuso la necesidad de que en la entidad se contará con un ordenamiento legal que regulará el funcionamiento y organización de esta institución.

 

La iniciativa fue analizada por la Comisión de Primera de Gobernación y Puntos Constitucionales en conjunto con otras propuestas similares y donde se concluyó que era de suma importancia desprender del Código Civil lo relativo al Registro Civil para dar paso así a la creación de la nueva ley que regulará a dicha institución.

 

«El Registro Civil es una institución de orden público y de interés social que tiene por objeto inscribir, hacer constar, dar publicidad y certeza jurídica a todos los hechos y actos del estado civil de las personas, es por ello que encontramos de vital trascendencia la expedición de una ley que sea positiva para el Registro Civil, ya que no podemos permitir que los avances tecnológicos y  la vida cotidiana dejen obsoleta dicha institución», se dictaminó.

 

Por su parte, Patricia Flores explicó que la Ley del Registro Civil para el Estado de Chihuahua, se integra por cinco Títulos, en los cuales se reglamentan; las disposiciones generales, la estructura orgánica, el ejercicio de la función registral, las inscripciones de actas y libros, y por último las sanciones.

Del Título Primero, en lo relativo a las disposiciones generales, se establece el objeto así como las finalidades que persigue el Registro Civil, también se establece la Publicidad, Eficacia Administrativa, Información, Accesibilidad, Unicidad, Fe Pública, Primacía, Igualdad y no Discriminación, como los principios que regirán a la institución.

En el Título Segundo esta la estructura orgánica del Registro Civil, que contará con una Dirección, la cual funcionará con los departamentos de oficialías, jurídico, archivo central, administrativo y de sistemas.

Respecto a la oficialía itinerante, esta es una figura nueva, la cual tendrá facultades registrales en todo el Estado y busca que las campañas de registro tanto en la zona serrana, como en las zonas rurales, sean de manera permanente.

En el tercero están las disposiciones generales del ejercicio de la función registral y lo relativo a todas las actas que realizan los Oficiales, además de la certificación, anotaciones, del divorcio administrativo, entre otro temas.

Y en el capítulo Cuarto, se enumeran las actas que extenderán los Oficiales: Nacimiento; Reconocimiento de hijos; Adopción; Tutela; Matrimonio; Divorcio; Defunción; Inscripción de las sentencias ejecutorias que declaren la incapacidad legal para administrar bienes, la ausencia o la presunción de muerte; y de Inscripción de los actos del Estado Civil celebrados por mexicanos en el extranjero

Dentro del Título Quinto se establecen las sanciones para los funcionarios del Registro Civil, entre las cuales se fijan desde la amonestación hasta la destitución. De la misma manera se contempla que el procedimiento de posible Responsabilidad Administrativa será integrado por la Dirección.

 

Patricia Flores agregó que dicha Ley contiene 192 artículos, misma que facilitará y transparentará a la ciudadanía los trámites correspondientes y dijo que “las oficialías itinerantes, son un concepto nuevo que en vez de aplicar en mayor infraestructura o burocracia, ahora se harán esfuerzos principalmente en la sierra tarahumara para que todos tengan el derecho de ser registrados. Este es un punto importante que pone a Chihuahua en la vanguardia”.

Redacción: Corina Muruato

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Chihuahua

Aguinaldo debe pagarse a más tardar este 20 de diciembre, recuerda la STPS

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La Secretaría del Trabajo y Previsión Social informó que el próximo 20 de diciembre de 2025 es la fecha límite para que las y los trabajadores reciban el pago del aguinaldo correspondiente, de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo. La dependencia llamó a las personas empleadoras a cumplir en tiempo y forma con esta obligación legal.

La autoridad laboral precisó que el aguinaldo equivale, como mínimo, a 15 días de salario por cada año laborado. En los casos en los que la persona trabajadora no haya cumplido un año completo de servicios, el pago deberá realizarse de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado durante el año.

El titular de la STPS, Diódoro José Siller Argüello, señaló que el incumplimiento de este derecho laboral, así como el pago incompleto o la entrega en especie, constituye una falta a la ley y puede derivar en sanciones y multas económicas para las personas empleadoras. Estas medidas se encuentran previstas en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.

Asimismo, se aclaró que el derecho al aguinaldo aplica para todas y todos los trabajadores, sin importar el tipo de contrato bajo el cual presten sus servicios. La obligación se mantiene tanto para contratos por tiempo determinado como indeterminado, así como para cualquier otra modalidad laboral reconocida por la ley.

Para quienes requieran orientación o asesoría gratuita sobre el pago del aguinaldo, la STPS puso a disposición los teléfonos de la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo al número (614) 429 33 00, extensiones 12155 y 24741. De igual forma, se puede solicitar apoyo en el Centro de Conciliación Laboral a través de las extensiones 26301 y 26303.

La dependencia también brinda atención presencial en el Palacio de Justicia Laboral, ubicado en la calle Allende número 901, en la colonia Centro, donde se ofrece información y acompañamiento a las personas trabajadoras que lo soliciten.

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