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Chihuahua

Entrega Fiscalía equipos de videoconferencia al Poder Judicial

 
“La entrega de este equipo es una expresión concreta de la determinación de los tres poderes del estado y de la cohesión del Poder Judicial para cumplir las tareas que le competen”, afirmó el Fiscal General del Estado, Lic. Carlos Manuel Salas durante la entrega de equipo de videoconferencia al Supremo Tribunal de Justicia.
Los equipos entregados por la Fiscalía General se suman a los 14 ya existentes en el Poder Judicial que sitúan al Supremo Tribunal de Justicia como punta de lanza en el aspecto tecnológico, aunado al jurídico como referente del Sistema Penal Acusatorio, refirió el Magistrado Presidente, Mtro. Javier Ramírez Benítez.
“Chihuahua es pionero nacional en el Sistema Penal Acusatorio, prueba de eso es que magistrados y jueces son requeridos para compartir sus experiencias en otros estados”, afirmó Ramírez Benítez.
De igual forma, destacó que actualmente se realizan alrededor de 10 videoconferencias por semana que permiten llevar a cabo audiencias a distancia entre jueces e imputados situados en entidades como Sinaloa, Baja California, Estado de México y Durango y se tienen igualmente programadas en Veracruz y las Islas Marías.
Asimismo, el titular del Poder Judicial aseveró que las videoconferencias permiten cubrir las necesidades académicas como son los cursos a distancia con Parral, Cuauhtémoc y Delicias y establecer enlaces incluso con Costa Rica para impartir cursos sobre Derechos Humanos.
Los equipos de videoconferencia denominados Tandberg entregados por la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Gobierno, representados por el titular Lic. Martín Antonio Zermeño Muñoz, a través de la Fiscalía General del Estado, cuentan con entradas de video de alta definición, micrófonos de precisión,  cámaras y sensores zoom con ángulos de visión vertical, horizontal y full HD, manejo inteligente de videos y permite establecer conexiones remotas.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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