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Entregan tutela provisional de Toñita a la abuela de Clara

Fue otorgada la patria potestad provisional de la bebé “Toñita”, a la abuela de Clara Armendáriz, Elba Molinar Luján de 65 años de edad.

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Fue otorgada la patria potestad provisional de la bebé “Toñita”, a la abuela de Clara Armendáriz, Elba Molinar Luján de 65 años de edad.

De acuerdo a los representantes legales de Molinar Luján, el proceso legal fue presentado de manera independiente al que siguen Clara Armendáriz y su padre por abandono dela recién nacida en el estacionamiento de la Iglesia de San Antonio de
Padua.
De igual modo se realizó la campaña “Entreguen a la bebé de Clara a su familia”, la cual fue apoyada por el Centro de Derechos Humanos de las Mujeres, organización que se encargó de brindar apoyo legal a Elba Molinar.

La encargada de llevar el caso fue María Luisa Salazar Olvera, misma que obtuvo la custodia provisional, sin embargo aún existe la intención de cedérsela a la madre biológica de Toñita, Clara Armendáriz.

En las clausulas establecidas en el acuerdo para obtener la tutela provisional de la menor, se encuentran: señalar un domicilio en el que la bebé estará en guarda; tiene prohibido salir del país en compañía de la menor y llevar a la Procuraduría de Asistencia Social y Jurídica del DIF Estatal los lunes, miércoles y viernes de 14:00 a 16:00 para que Clara pueda visitarla.

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Aguinaldo debe pagarse a más tardar este 20 de diciembre, recuerda la STPS

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La Secretaría del Trabajo y Previsión Social informó que el próximo 20 de diciembre de 2025 es la fecha límite para que las y los trabajadores reciban el pago del aguinaldo correspondiente, de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo. La dependencia llamó a las personas empleadoras a cumplir en tiempo y forma con esta obligación legal.

La autoridad laboral precisó que el aguinaldo equivale, como mínimo, a 15 días de salario por cada año laborado. En los casos en los que la persona trabajadora no haya cumplido un año completo de servicios, el pago deberá realizarse de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado durante el año.

El titular de la STPS, Diódoro José Siller Argüello, señaló que el incumplimiento de este derecho laboral, así como el pago incompleto o la entrega en especie, constituye una falta a la ley y puede derivar en sanciones y multas económicas para las personas empleadoras. Estas medidas se encuentran previstas en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.

Asimismo, se aclaró que el derecho al aguinaldo aplica para todas y todos los trabajadores, sin importar el tipo de contrato bajo el cual presten sus servicios. La obligación se mantiene tanto para contratos por tiempo determinado como indeterminado, así como para cualquier otra modalidad laboral reconocida por la ley.

Para quienes requieran orientación o asesoría gratuita sobre el pago del aguinaldo, la STPS puso a disposición los teléfonos de la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo al número (614) 429 33 00, extensiones 12155 y 24741. De igual forma, se puede solicitar apoyo en el Centro de Conciliación Laboral a través de las extensiones 26301 y 26303.

La dependencia también brinda atención presencial en el Palacio de Justicia Laboral, ubicado en la calle Allende número 901, en la colonia Centro, donde se ofrece información y acompañamiento a las personas trabajadoras que lo soliciten.

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