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Chihuahua

Envían a 250 militares para cuidar la sierra de Chihuahua

Envían 250 militares a Chihuahua para buscar a “El Chueco” y recuperar los cuerpos de dos sacerdotes.

Más de 250 elementos del Ejército llegaron ayer a la sierra Tarahumara de Chihuahua para sumarse a las labores de búsqueda del presunto responsable del asesinato de los sacerdotes jesuitas Javier Campos Morales y Joaquín Mora Salazar,identificado como José Noriel Portillo, alias «El Chueco», presunto líder de «Los Salazar», brazo armado del Cártel de Sinaloa, en la sierra sur chihuahuense.

Fuentes del gabinete de seguridad federal informaron que se desplegaron en diversos municipios aledaños al pueblo de Cerocahui, Municipio de Urique, donde ocurrieron los hechos la tarde del pasado lunes.

Asesinan y roban cuerpos de sacerdotes jesuitas en Chihuahua

El objetivo de la presencia militar, destacaron las fuentes consultadas, es también brindar seguridad a la población de esa zona del Estado.

Por el momento, la investigación del caso se mantiene a cargo de la Fiscalía de Justicia de Chihuahua, que mantiene un operativo de búsqueda del presunto agresor en conjunto con autoridades federales.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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