La CIDH presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el primer caso de desaparición forzada en México en el contexto de la lucha contra el narcotráfico y la delincuencia organizada.
El caso se relaciona con la desaparición forzada de los primos Nitza Paola Alvarado Espinoza, José Ángel Alvarado Herrera y Rocío Irene Alvarado Reyes, por parte de militares, en el Ejido Benito Juárez, estado de Chihuahua, México, desde el 29 de diciembre del 2009. A la fecha se desconoce el destino o paradero de las tres personas y la mayoría de sus familiares se encuentran en Estados Unidos por temor a su propia seguridad.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) observa que la desaparición forzada en México ha ido en aumento en los últimos años, situación que ha merecido pronunciamientos y recomendaciones por parte de múltiples organismos internacionales y mandatos especiales en el ámbito de las Naciones Unidas.
El caso llegó a la comisión el 26 de junio del 2011 a petición del Centro de Derechos Humanos de las Mujeres, de la Comisión de Solidaridad y Defensa de los Derechos Humanos, así como de la no gubernamental Justicia para Nuestras Hijas, organizaciones representantes de los familiares de las víctimas.
En ese momento, los peticionarios alegaron que el Estado mexicano tiene responsabilidad internacional por una serie de violaciones a los derechos cometidas en perjuicio de los familiares de las víctimas, como consecuencia de la desaparición forzada de sus familiares y por las acciones realizadas para conocer su paradero.
En contraste, el Estado solicitó que la petición fuera declarada inadmisible porque consideró que los recursos de la jurisdicción interna no han sido agotados al existir una investigación en el fuero ordinario interno destinada a lograr el esclarecimiento de los hechos y la ubicación de las presuntas víctimas.
Cinco años después, la CIDH determinó que los desaparecidos fueron privados de su libertad por parte de militares, con base en elementos de contexto, testigos presenciales, declaraciones de funcionarios públicos, además de múltiples informes.
En un reporte publicado este martes, la CIDH explica que cuando los familiares acudieron a denunciar lo sucedido y a solicitar información, les respondieron que no tenían conocimiento de su detención ni de su paradero, y se activaron mecanismos de encubrimiento. Con base en lo anterior, la comisión calificó los hechos como desaparición forzada.
En el Informe de Fondo, la comisión emitió una serie de recomendaciones como la de investigar de manera completa, imparcial y efectiva el paradero de las tres personas; conducir los procesos correspondientes por el delito de desaparición forzada; reparar adecuadamente las violaciones de derechos humanos y adoptar medidas para responder a la problemática en Chihuahua y en el país.
La Comisión Interamericana sometió el caso a la jurisdicción de la Corte porque consideró que el Estado no cumplió con las recomendaciones contenidas en el Informe de Fondo.
En cuanto la Corte IDH dé entrada al caso, tendrá que pronunciarse sobre otras violaciones conexas derivadas de las amenazas y hostigamiento que sufren los núcleos familiares de las víctimas desaparecidas.
El caso podría tardar más de un año en resolverse, toda vez que la Corte IDH debe atender otros asuntos regionales y del país.
En lista sobre los casos mexicanos ante este tribunal se encuentra el de 11 mujeres que fueron abusadas sexualmente en San Salvador Atenco hace 10 años por parte de agentes estatales.
El Economista