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Es Chihuahua tercer lugar en ataque a periodistas

 

Veracruz, el Distrito Federal, Chihuahua, Coahuila y Oaxaca son las entidades de la República Mexicana en donde se presentó el mayor número de agresiones en contra de la prensa (periodistas y medios) durante 2011, de acuerdo con el informe “Silencio Forzado. El Estado, cómplice de la violencia contra periodistas en México” presentado esta mañana por la organización internacional Article 19.
“En 2011 las cifras volvieron a elevarse. Durante el año pasado se presentaron 172 agresiones relacionadas con el ejercicio de la libertad de prensa, entre las cuales se encuentran nueve asesinatos contra periodistas, dos asesinatos de trabajadores de medios, dos desapariciones de comunicadores y ocho agresiones con armas de fuego o explosivos contra instalaciones de medios, sólo para hablar de los casos de mayor impacto”, dice Article 19.
“Entre las entidades que presentaron el mayor número de periodistas y medios agredidos se encuentran Veracruz (con 29 agresiones), Distrito Federal  (21), Chihuahua  (15), Coahuila  (15) y Oaxaca  (11). El caso de Veracruz  merece detenerse en él no sólo porque las agresiones se hayan incrementado 200% respecto del año anterior, sino porque la violencia contra la libertad de expresión se presentó en todas sus facetas”, agrega.
El territorio veracruzano fue escenario de asesinatos y desapariciones de periodistas, agrega, “de ataques violentos contra medios de comunicación, abusos de las autoridades contra reporteros en coberturas y aun de acciones penales emprendidas por el propio gobierno estatal contra la libertad de expresión. El caso presentó tales peculiaridades que permitió a Article 19 advertir una alta incidencia e incorporar a sus categorías de análisis un fenómeno que si bien, puede no ser nuevo, se presentó de manera masiva en la entidad durante el pasado año: el desplazamiento forzado y la reubicación de informadores en otras entidades, ante el riesgo para su vida y seguridad”.

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Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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