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Es sentenciado a 26 años de prisión por el homicidio de dos hermanos

Veintiséis años de prisión es la sentencia condenatoria que purgará Noel Otón Muñoz Montes quien al término de un Juicio Oral en su contra fue declarado culpable del delito de homicidio calificado en perjuicio de dos hermanos que en vida respondían a los nombres de José Ignacio y Jesús Humberto de apellidos Reyes Aguilar.

Veintiséis años de prisión es la sentencia condenatoria que purgará Noel Otón Muñoz Montes quien al término de un Juicio Oral en su contra fue declarado culpable del delito de homicidio calificado en perjuicio de dos hermanos que en vida respondían a los nombres de José Ignacio y Jesús Humberto de apellidos Reyes Aguilar.

Los hechos que el ministerio público de la Unidad de Delitos contra la Vida le atribuyeron ante el Juez de Garantías, se registraron el 25 de julio del 2011 en la calle Rió Mendoza de la colonia Riveras de Sacramento, donde el hoy sentenciado disparó en contra de las víctimas con un arma de fuego.

La investigación ministerial acreditó que Noel Otón Muñoz Montes en compañía de dos personas más llegaron al domicilio donde se encontraban las dos víctimas y un tercero y de inmediato se da la agresión, provocándoles severas lesiones que causo la muerte en el lugar de ambos hermanos.

Una vez que se conoció la identidad del probable responsable de los citados crímenes, el ministerio público, solicitó al Juez de Garantías una orden de aprehensión que fue cumplimentada por agentes de la Policía Ministerial que detuvieron al imputado el 21 de Agosto del 2012, fecha que inició el proceso penal en su contra.

El resolutivo de la sentencia condenatoria, contempla además de la pena privativa de la libertad por un tiempo de 26 años, el pago de la reparación del daño por una cantidad de 225 mil 285 pesos.

Noel-Othon-Muñoz-Montes

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Impactante feminicidio de niña en Ojinaga: Formulan imputación contra presunto responsable

También fue acusado por agresiones cometidas a la madre de la menor fallecida

La Unidad de Investigación y Persecución del Delito de la Fiscalía de Distrito Zona Centro en el municipio de Ojinaga, formuló imputación en contra de Jesús G. H., por los delitos de feminicidio y violencia familiar.

Fue el sábado 14 de septiembre, alrededor de las 19:00 horas, que la Cruz Roja de la comunidad Nuevo Holanda, reportó el fallecimiento de una niña de un año tres meses de edad, quien que presentaba fractura en una de sus piernas, hematomas en piernas torso, brazos y cabeza, hematomas en una de sus manos y desprendimiento de cabello.

El personal de la clínica informó que la menor fue llevada por la madre y su pareja sentimental, y que, al momento de cuestionarlos sobre lo sucedido, el masculino respondió que se había caído del asiento de la troca al piso de la propia camioneta, por lo que, al indicarle que no era una altura suficiente para ocasionarle tales lesiones, cambió la versión y dijo que se había caído de la cama.

Ante las inconsistencias, los agentes de la policía ministerial se entrevistaron por separado con la madre, quien indicó que tenía tres meses viviendo en unión libre con Jesús G. H., en una traila que les prestó su patrón en un rancho en donde trabajan como jornaleros.

Que durante el primer mes él la trató bien, pero después comenzó a pegarle por lo que intentó huir con la niña, pero no la dejó, hasta que el día de los hechos, encontró a su hija tirada en el suelo con dificultades para respirar y a él también, dentro de la traila.

Por lo anterior, los agentes procedieron a detener en el término de la flagrancia al presunto responsable del delito de feminicidio y violencia familiar, quedando a disposición del agente del Ministerio Público que realizó las investigaciones conducentes.
Por instrucción del Juez de Control, el imputado quedó bajo la medida cautelar de prisión preventiva internado en el Cereso de Aquiles Serdán; el próximo viernes se realizará la audiencia en la que se resolverá su situación jurídica.

**De acuerdo con las leyes y normas vigentes, el imputado se presume inocente mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por la autoridad judicial (artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales).

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