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Esto debes saber sobre los depósitos en efectivo y el pago de impuestos

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Las personas que habitan en el territorio mexicano deben cumplir con sus obligaciones tributarias. Una de las más importantes es la relacionada con el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), gravamen que se cobra al abonar recursos líquidos en cuentas bancarias a tu nombre.

A continuación te diremos todo lo que tienes que saber sobre dicho impuesto, de manera que puedas prepararte para pagarlo si es el caso.

Quiénes y cuándo se presenta

Lo deben declarar Instituciones Financieras que paguen intereses, cuando el monto mensual acumulado de depósitos en efectivo de las cuentas de un contribuyente persona física excedan de los 15,000 pesos, así como respecto de todas las adquisiciones en efectivo de cheques de caja.

Existen dos modalidades, la primera debe efectuarse a más tardar el día 10 del mes de calendario inmediato siguiente al que corresponda; y la segunda, a más tardar el 15 de febrero de cada año.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) señala que la obligación a cumplir es “declarar los depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas abiertas a nombre de los contribuyentes en las Instituciones del Sistema Financiero”.

Así pues, el objetivo es “cumplir con la obligación establecida en la Ley del Impuesto sobre la Renta de informar sobre los depósitos en efectivo que se realicen en todas las cuentas de las que el contribuyente sea titular en una misma Institución del Sistema Financiero”.

El IDE se recauda por el SAT desde el 2008, fue parte del paquete de la Reforma Fiscal del ejecutivo, entonces presidido por Felipe Calderón Hinojosa. Inicialmente estaba pensado en gravar a los depósitos excedentes de 25 mil pesos con el 2%; en 2009 se realizó un cambio a la ley para reducir el monto a 15,000 y aumentar la recaudación al 3 por ciento.

Este impuesto fue pensado para aumentar la recaudación de impuestos en el sector del comercio informal que omite total o parcialmente el pago de otros impuestos como el ISR, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), y el Impuesto Empresarial de Tasa Única (IETU).

Hay otra serie de pagos que deben efectuarse al inicio de año, dentro de estos se encuentran impuestos como el predial, el agua y la tenencia, esta última para quienes cuentan con un automóvil.

Sin embargo, debido a la crisis sanitaria por coronavirus, algunas administraciones estatales han decidido hacer descuentos sobre estos, para asegurar que las personas cumplan con las obligaciones que les corresponden.

Dinero

EE.UU. impone arancel de 10% a México por política sobre trabajo forzoso

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Estados Unidos anunció una nueva ronda de aranceles para 60 economías, entre ellas México, al que aplicará un gravamen de 10 por ciento por considerar que no prohíbe o no hace cumplir de manera efectiva la importación de bienes elaborados con trabajo forzoso.

La medida fue dada a conocer por la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR), que explicó que la decisión deriva de una investigación realizada bajo la Sección 301, iniciada el 12 de marzo de 2026 por instrucción del presidente Donald Trump. El proceso incluyó dos rondas de audiencias públicas, consultas con más de 45 gobiernos y el análisis de más de 2 mil 100 comentarios.

México forma parte del grupo de países sujetos a un arancel de 10 por ciento, junto con Argentina, Bangladesh, Camboya, Canadá, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, India, Indonesia, Jordania, Malasia, Pakistán, Sri Lanka, Trinidad y Tobago y el Reino Unido.

De acuerdo con la USTR, esta categoría corresponde a economías que ya cuentan con una prohibición para importar productos elaborados con trabajo forzoso, que asumieron el compromiso de establecerla mediante un Acuerdo sobre Comercio Recíproco o que aplican mecanismos parciales para impedir la entrada de este tipo de mercancías.

La resolución también establece un esquema de tres niveles de sanciones. Para el resto de las economías investigadas se fijó un arancel de 12.5 por ciento, mientras que determinados productos procedentes de la Unión Europea, Taiwán, Japón, Corea del Sur y Suiza enfrentarán tasas de 10 o 12.5 por ciento, descontando la tarifa de Nación Más Favorecida cuando corresponda.

El representante comercial de Estados Unidos, Jamieson Greer, señaló que la decisión responde a la conclusión emitida el pasado 2 de junio, en la que la USTR determinó que las políticas de las 60 economías investigadas obstaculizan o restringen el comercio estadounidense. Agregó que la administración de Donald Trump considera necesario reforzar las medidas contra el trabajo forzoso en las cadenas globales de suministro.

Por su parte, el secretario de Economía, Marcelo Ebrard, afirmó que la resolución no modifica el arancel efectivo que actualmente paga México, ya que más del 80 por ciento de las exportaciones nacionales permanece exento al cumplir con las reglas de origen del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

El funcionario explicó que el gravamen de 10 por ciento para las exportaciones que no cumplen con el T-MEC se mantiene, aunque ahora cambia su fundamento legal al pasar de la Sección 122 a la Sección 301. Añadió que el Gobierno de México continúa las conversaciones con el representante comercial estadounidense para acercar posiciones en materia comercial.

La presidenta Claudia Sheinbaum informó que este jueves sostuvo una reunión con Jamieson Greer en Palacio Nacional, donde ambas partes avanzaron en la revisión del T-MEC y en otros acuerdos bilaterales.

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