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Chihuahua

Exponen altar de muertos en Poder Judicial

Con motivo de la máxima festividad del Día de Muertos el próximo 2 de noviembre, el Supremo Tribunal de Justicia montó un altar de muertos en honor al fallecido ex Presidente del Supremo Tribunal de Justicia, Magistrado Carlos Sebastián González Pérez.

Su empeño y dedicación al servicio del Poder Judicial destacan por una trayectoria de 39 años al frente de la Presidencia y de más de 50 años como servidor público en distintas áreas dentro del Supremo Tribunal de Justicia.

 

El Magistrado Carlos Sebastián González Pérez fue nombrado Presidente del Supremo Tribunal de Justicia por primera vez el 4 de octubre de 1944 y reelecto en varios períodos más hasta el 3 de octubre de 1986. En ese lapso de tiempo, sólo no ocupó la Presidencia, al ser elegido como titular de la Segunda Sala Civil de 1951 a 1955 y posteriormente como Magistrado de la Tercera Sala de lo Penal de 1968 a 1974.

 

El Lic. Sebastián González Pérez nació el 30 de enero del año 1903, en Hidalgo del Parral, Chihuahua; hijo de Luis Pérez y María del Rayo González y falleció el 6 de Octubre del año 1998.

 

Desde su infancia se trasladó a Guadalajara, Jalisco en donde obtuvo el título de abogado en la Facultad de Leyes de la Universidad de Guadalajara el 29 de junio de 1929. Fue funcionario en la Procuraduría General de Justicia en Guadalajara, Jalisco durante un periodo de dos años; regresando a la Ciudad de Chihuahua en el año de 1932. El 19 de diciembre de este último año inició su carrera en el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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