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Chihuahua

Facultan al Estado revisión a Centros de violencia de mujeres

 

Con el objetivo atender la violencia de género, Congreso del Estado de Chihuahua aprobó la iniciativa del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, para que el Estado a través del Consejo Estatal que atiende este caso, este facultado para realizar acciones de verificación en los centros de atención mujeres víctimas de maltrato.

En voz de la Diputada María de los Ángeles Bailón Peinado la bancada expuso que a pesar de los grandes esfuerzos que realizan los poderes del Estado junto con la participación de organizaciones civiles, se puede advertir que aún prevalecen los números rojos de casos de violencia de género.

Buscamos que los centros cuenten con la seguridad, para que las personas que están alojadas ahí tengan una verdadera rehabilitación; también para que los agresores que reciben tratamiento sea apegado a las leyes nacionales e internacionales; si bien a través de Ichimujer ya se revisaban dichos lugares, ahora cuenta con todas las facultades para hacerlo, dijo la Diputada.

Recordó que esta propuesta surge por los hechos ocurridos en Ciudad Juárez en donde mujeres estuvieron retenidas en un centro de Atención a la Violencia; ”con esta reforma el Consejo Estatal contará con la facultad para revisar que las personas tenga una atención adecuada”.

“A pesar de todas las reformas legales que se han realizado, es necesario un nuevo esfuerzo en los sectores que intervienen en el proceso de denuncia y atención clínica, en todos aquellos lugares en donde el fenómeno de la violencia todavía es visto como una práctica habitual, especialmente en las comunidades y municipios más alejados de la capital del estado”, finalizó.

 

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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