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México

Familiares de desaparecidos rechazan a Jorge Winckler como fiscal de Veracruz

Familiares de desaparecidos en el estado de Veracruz cuestionan que el gobernador Miguel Ángel Yunes haya integrado a Jorge Winckler, actual visitador general de la fiscalía a la terna de la cual el Congreso estatal elegirá al próximo fiscal del estado.
“Estamos molestos con la actitud del gobernador, pues Jorge Winckler se perfila como fiscal General del Estado y a simple vista se ve que fue imposición. Miguel Ángel Yunes Linares dijo que habría un cambio rotundo y no lo hemos visto; podríamos estar peor con Winckler que con Luis Ángel Bravo, en el periodo de Duarte”, dijo Carlos Saldaña Grajales, padre de dos jóvenes desaparecidos desde 2011.
La crítica generada por el integrante del colectivo Familias Enlaces Xalapa se dio luego de que la Comisión de Procuración de Justicia del Congreso del Estado entrevistara este viernes a Gerardo Rafael Ramos Maldonado, Tania Celina Vásquez Muñoz y Winckler Ortiz, quienes conforman la terna propuesta por el Ejecutivo estatal.
Saldaña Grajales, en nombre de su agrupación, aseguró que de ratificar el Congreso al hoy visitador general, “será una ofensa para nosotros los familiares de desaparecidos, pues su desconocimiento en el tema de desaparecidos, que se ve a simple vista, es preocupante”.
El padre de familia aseguró que entre las primeras 10 opciones que propuso el Congreso local figuraron nombres como el de Guillermo Beck Chiquini, quien fue subprocurador de Justicia, coordinador de Investigaciones Ministeriales y cubrió algunos otros cargos en la entonces Procuraduría General de Justicia. “Para nuestro colectivo se nos hacía el más adecuado”, opinó.
El Congreso de Veracruz tiene hasta el jueves para definir al nuevo titular de la Fiscalía General del Estado. Jorge Winckler fue nombrado visitador general de la fiscalía el pasado 28 de noviembre por parte del anterior titular Luis Ángel Bravo y anteriormente se venía desempeñando como abogado de la adolescente que fue víctima de violación por parte de los jóvenes identificados como los Porkys.

Con información de: Al Calor Político

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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