Con la argumentación, exposición de pruebas, elementos incriminatorios, entrevistas, testimoniales, análisis y estudios periciales, el Ministerio Público de la Fiscalía Zona Centro formuló imputación a: Luis Felipe Valdez Cavazos, Eliot Gerardo Castillo Hernández y Guillermo Ávila Olivas por los delitos de homicidio en perjuicio de nueve personas, lesiones a 58 víctimas y daños a siete vehículos, todos a título de imprudencia; al último en mención, se le hicieron cargos por Ejercicio Ilegal del Servicio Público.
La representación social de las víctimas de los hechos registrados el pasado sábado 05 de octubre durante el espectáculo denominado “Demolition Show”, detalló ante la autoridad Judicial del Distrito Judicial Morelos bajo la causa penal 2665/13, la participación y responsabilidad de cada uno de los imputados en el lamentable suceso.
En la imputación formulada en contra de Luis Felipe Valdez Cavazos, Eliot Gerardo Castillo Hernández, por los delitos de homicidio, lesiones y daños imprudenciales, el Ministerio Público de la Fiscalía, argumentó a detalle la responsabilidad que se les acreditó en su participación como organizadores del evento y los deberes que omitieron en el mismo.
De igual forma, a Guillermo Ávila Olivas le formularon imputación por los delitos de homicidio, lesiones y daños imprudenciales, así como también por el delito de Ejercicio Indebido del Servicio Público, estableciendo que la conducta típica del delito en la que incurrió se derivó de la omisión de sus deberes como funcionario Municipal en el área de Protección Civil.
En el procedimiento acusatorio penal oral, el Juez de la causa fijó que será hasta el próximo martes 29 de octubre la audiencia de vinculación a proceso, toda vez que la Defensa de los tres imputados solicitó la duplicidad del término constitucional para que se defina la situación jurídica.
Al concluir la comparecencia judicial, el Juez impuso medidas cautelares a Eliot Gerardo Castillo Hernández, la cobertura de una garantía económica por un millón de pesos, la firma semanal durante el tiempo que dure el proceso, abstenerse de realizar eventos por un periodo de seis meses, mientras que Luis Felipe Valdez Cavazos y Guillermo Ávila Olivas, exhibieron amparos que promovieron ante Jueces para no ser detenidos.
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