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México

Frena TEPJF recuento en Cuauhtémoc; ordena realizar una revisión exhaustiva

La sala regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) frenó el recuento de votos de la elección de alcalde en la Cuauhtémoc que estaba progranado para el mediodía de ayer por las autoridades electorales locales.

A las 11 horas, en una sesión pública extraordinaria, el pleno de esta sala ordenó al Tribunal Electoral local emitir una nueva sentencia, después de que realice una revisión exhaustiva de todos los requisitos y argumentos que se expusieron como prueba, pues la determinación se hizo sin llegar al fondo del asunto.

El proyecto no propone revocar el recuento porque no se reúnen los requisitos necesarios para que se lleve a cabo, ni propone confirmar la orden de realizarlo porque no existe un análisis adecuado respecto de si se satisfacen los requisitos para el recuento que se solicitó, expuso la magistrada presidenta de esta sala, María Guadalupe Silva Rojas, quien estuvo a cargo del proyecto de sentencia.

Respuesta a impugnación

La noche del sábado, luego de que el tribunal local avaló el recuento de sufragios en la alcaldía Cuauhtémoc, la alcaldesa electa, Alessandra Rojo de la Vega, postulada por la coalición formada por PAN, PRI y PRD, impugnó la resolución ante el TEPJF, por lo que en menos de 15 horas se hizo un análisis de este asunto.

La propuesta consiste en ordenar al tribunal local que emita una nueva resolución debidamente fundada y motivada que permita que dicha respuesta sea revisada en una segunda instancia, señala el proyecto de sentencia aprobado ayer antes de las 12 horas.

La magistrada presidenta Silva Rojas detalló que el Tribunal Electoral de la Ciudad de México no fundó ni motivó la orden de recuento, la cual justificó básicamente en el hecho de que los consejos distritales del Instituto Electoral de la Ciudad de México no atendieron de manera correcta las solicitudes de recuento que les fueron formuladas.

Para el pleno de la sala regional Ciudad de México los argumentos del tribunal local no cuentan con una fundamentación adecuada, porque muestra que no se hizo una revisión profunda del caso y por ello aprobó detener esta resolución, y por ende el recuento de votos que solicitó Morena a favor de Catalina Monreal, quien perdió por más de 11 mil votos, equivalentes a más de 3 por ciento, frente a la aliancista Alessandra Rojo de la Vega.

México

Diputados y senadores declaran validez de reforma de supremacía constitucional

Las cámaras de Diputados y Senadores declararon la constitucionalidad de la reforma que impide impugnar cambios a la Constitución, apenas un día después de que aprobó la iniciativa.

La declaratoria se realizó con los legisladores de Morena y aliados presentes en el Congreso, mientras que los opositores se ausentaron de las respectivas sesiones.

«No puede ningún juez, ni jueza, ni ministro, ni magistrado, anular una norma jurídica del órgano reformador de la Constitución, no le es válido, no tienen competencia, no tienen facultades ni funciones para hacerlo», reiteró Ricardo Monreal, líder de Morena en la Cámara de Diputados.

La declaratoria se realizó después de que la reforma fuera aprobada por 23 congresos locales.

Las Legislaturas estatales que avalaron los cambios fueron Estado de México, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Yucatán, Zacatecas, Ciudad de México, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Durango, Guerrero e Hidalgo.

En el Senado, el presidente de la Mesa Directiva, Gerardo Fernández Noroña, realizó la declaratoria de constitucionalidad de la reforma.

Hace poco más de 24 horas, con la mayoría calificada de 340 votos a favor, 133 en contra y una abstención, la Cámara de Diputados aprobó, en lo general, el dictamen que reforma el artículo 107 y adiciona un quinto párrafo al artículo 105 de la Carta Magna, en materia de inimpugnabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución Política.

Morenistas han señalado que con esta reforma se perfeccionarán los procesos constitucionales y reivindican las reglas del control de constitucionalidad que han sido sobrepasadas.

Además, se refuerza el razonamiento jurídico de la inimpugnabilidad »como regla y principio constitucional, asentando para no dejar lugar a dudas el criterio que ha imperado de manera inveterada, evitando sobreinterpretaciones que sean completamente ajenas y fuera de los márgenes de la Constitución».

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