Conecta con nosotros

Chihuahua

Gestiona Dip. Salcido Lozoya introducción de agua potable en la col. Ampliación Nuevo Triunfo

Más de 200 familias de la colonia Ampliación Nuevo Triunfo se verán beneficiadas con la introducción de agua potable en sus domicilios, lo cual vendrá a mejorar sus condiciones de vida.

Más de 200 familias de la colonia Ampliación Nuevo Triunfo se verán beneficiadas con la introducción de agua potable en sus domicilios, lo cual vendrá a mejorar sus condiciones de vida.

Lo anterior fue dado a conocer durante reunión que sostuvieron el diputado local del PRI por el Distrito 11,  Francisco Salcido Lozoya  y  el Presidente de la Junta Municipal de Agua y Saneamiento, Maurilio  Ochoa con habitantes de dicha colonia.

Habitantes de dicha colonia manifestaron a los funcionarios que después de 10 años de gestiones  esta es toda una realidad y  que a partir de hoy gozaran del vital líquido en el interior de sus domicilios.

Por su parte el legislador emanado del Partido Revolucionario Institucional, Francisco Salcido Lozoya  manifestó que es para el gusto poder entregar resultados positivos de esta gestión que le solicitaron y además  reconoció el trabajo y apoyo del Presidente de la JMAS, Maurilio  Ochoa.

Asimismo destacó el trabajo que día a día realizan en pro de todos los chihuahuenses  el Gobernador del Estado, César Duarte y el Alcalde de Chihuahua, Marco Quezada.

Redacción: Corina Muruato

feisimos

Clic para comentar

You must be logged in to post a comment Login

Leave a Reply

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto