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México

Hacienda rechaza paro en el Poder Judicial; advierte sobre retención de sueldos y despidos

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El gobierno federal, a través de la Secretaría de Hacienda, desconoció como legítimo el paro nacional  indefinido que llevan a cabo jueces, magistrados y trabajadores del Poder Judicial desde el primer minuto de este miércoles.

Por lo anterior, la Secretaría de Hacienda envió un documento a la Secretaría de Gobernación y al Poder Judicial para pedirle al Consejo de la Judicatura dejar de pagar los salarios de quienes se están manifestando e incluso destituir a quienes se mantengan en paro.

En el documento, del que EL UNIVERSAL posee copia, se argumenta que el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) incurrió en irregularidades tras emitir la circular 16/2024, en la que se dio conocimiento al Tribunal Laboral Federal de Asuntos Colectivos del inicio del paro, bajo el amparo de la fracción X del apartado B del artículo 123 constitucional, que se refiere a lo relativo a las actividades de huelga de servidores públicos: «Sin embargo, la competencia no corresponde al Tribunal Laboral Federal de Asuntos Colectivos, sino al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje».

También advierte que si bien en la circular se menciona que la determinación de unirse al paro fue tomada en una sesión extraordinaria de su pleno, «omite mencionar el quórum y votación de los consejeros integrantes para la emisión de la declaratoria de mérito».

De igual forma, señala que desde el pasado lunes que inició el paro por parte de algunos empleados el CJF no cumplió con su responsabilidad de conminar a los servidores públicos, sindicalizados, de confianza y a titulares de órganos jurisdiccionales a no generar un perjuicio grave a la sociedad en general, causada por la suspensión indefinida de sus actividades.

Retención de salarios

Destaca un apartado denominado «Análisis laboral y presupuestal, obligaciones del Consejo de la Judicatura Federal», en el que se explica que, de acuerdo con la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Consejo de la Judicatura está obligado a pagar las remuneraciones de los servidores públicos a su cargo, «siempre y cuando cumplan con el eficiente desempeño de sus funciones».

Asimismo, que el paro de labores no ha seguido el cauce que la ley establece, por lo que quienes se están manifestando incurren en «inasistencia injustificada», por lo que «no se generará el derecho de recibir el pago del sueldo tabular del día correspondiente».

«El CJF tiene la obligación de conminar a los servidores públicos, inclusive los titulares de órganos jurisdiccionales, a no interrumpir las actividades de los órganos a su cargo, y señalar que la libre manifestación de las ideas en contra de cualquier tema relacionado en específico con el avance de la reforma del Poder Judicial, llevado a cabo en un poder del Estado diverso, no constituye causa justificada para la suspensión del servicio de impartición de justicia», establece.

Advierten de despidos

Se advierte que el continuar con las actividades de paro de labores y la privación a los justiciables del acceso a las instalaciones de las sedes judiciales «constituye una falta grave que amerita sanciones que enunciativamente pero no limitativamente pueden comprender desde descuentos, conclusión de nombramientos, acciones de cese en los diversos cargos, inicio de procedimientos disciplinarios, procedimientos de responsabilidad administrativa, entre otros».

Por todo lo anterior, el documento insiste en que la suspensión de actividades de los órganos jurisdiccionales es «ilegal».

Se agrega que si bien los trabajadores tienen derecho a declararse en huelga, dicha figura está sustentada en un procedimiento específico establecido en la Ley Federal del Trabajo, que contempla la realización de una asamblea, la elaboración de un pliego petitorio y la presentación de una solicitud de huelga ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

Adicionalmente, debe correr un plazo de 10 días para buscar la conciliación y, después de ello, el tribunal tendrá 72 horas para determinar si la huelga es legal o no.

Detalla que sin dicho procedimiento el paro no se considera una huelga, sino suspensión de labores, cuyo plazo para volver al trabajo es de 24 horas, «apercibidos que de no hacerlo quedarán cesados, situación que ya fue materializada por los trabajadores del Poder Judicial de la Federación».

La Procuraduría Fiscal de la Federación advierte al Consejo de la Judicatura que está obligado a la aplicación del no pago por los días que no se labore «sin mediar causa legal justificada» y que en caso contrario incurrirá en daño al erario federal.

En el documento se establece que las recientes decisiones de los servidores públicos de los órganos jurisdiccionales, tanto de personal operativo, sindicalizado y de confianza, «violan diversas disposiciones».

México

México acordó con Estados Unidos liberar agua del Río Bravo desde el 15 de diciembre

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El Gobierno de México y Estados Unidos fortalecieron su cooperación para la gestión del agua en la cuenca del Río Bravo, tras varias semanas de negociaciones, y acordaron iniciar entregas de agua a partir del 15 de diciembre, informó la Secretaría de Relaciones Exteriores mediante un comunicado.

Ambos países coincidieron en la importancia de cumplir con las obligaciones establecidas en el Tratado de Aguas de 1944, instrumento que regula la distribución del recurso hídrico y la administración de aguas compartidas entre las dos naciones. Como parte del acuerdo, México liberará un volumen de 249 mil 163 millones de metros cúbicos de agua para Estados Unidos, conforme a los términos del tratado.

La Secretaría de Relaciones Exteriores precisó que las entregas se realizarán dentro del marco legal vigente, respetando la disponibilidad hidrológica y los límites operativos establecidos, sin afectar el suministro de agua para consumo humano ni la producción agrícola en la región fronteriza.

El entendimiento se consolidó después de que el 8 de diciembre el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, reclamara a México el adeudo de agua correspondiente y advirtiera sobre la imposición de aranceles de 5 por ciento en caso de incumplimiento. Un día después, el 9 de diciembre, se llevó a cabo de manera virtual la quinta reunión binacional del año para dar seguimiento a las entregas y evaluar la situación técnica.

En dicho encuentro participaron funcionarios de alto nivel de ambos gobiernos. Por parte de México asistieron el secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, Julio Berdegué; el subsecretario para América del Norte y encargado del despacho de la Secretaría de Relaciones Exteriores, Roberto Velasco; y el titular de la Comisión Nacional del Agua, Efraín Morales. Por Estados Unidos participaron la secretaria de Agricultura, Brooke Rollins, y el subsecretario de Estado, Christopher Landau.

El Tratado de Aguas de 1944 no solo contempla la entrega de agua, sino también la generación de energía eléctrica, el control de avenidas, obras de saneamiento del río Tijuana y la operación de las presas internacionales Falcón y La Amistad. Ambos gobiernos señalaron que han trabajado de manera coordinada para atender el ciclo actual y cubrir el déficit del ciclo anterior, conforme a lo establecido en el Artículo 4 del acuerdo.

Las autoridades destacaron la necesidad de mantener el diálogo técnico a través de la Comisión Internacional de Límites y Aguas y la International Boundary and Water Commission, con el objetivo de garantizar la sostenibilidad del recurso hídrico y la protección de la población y la agricultura frente a la sequía histórica. Con este acuerdo, México reiteró su compromiso con los tratados internacionales y la cooperación bilateral en materia de agua.

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