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Hoy Día del Registro Civil en Chihuahua

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Chihuahua es el único estado de la república mexicana en donde se establece el ¨Día del Registro Civil¨, Llegada la Guerra de Reforma, el 28 de julio de 1859, el presidente Benito Juárez promulgó la Ley Orgánica del Registro Civil. El mandatario, al exponer los motivos, subrayó la idea de separar cabalmente al Estado respecto de la Iglesia, delimitando el papel que le corresponde a cada uno y reafirmando las tareas que son inherentes al Estado como la más alta organización de la sociedad.

 

Como las demás Leyes de Reforma, la que creó al Registro Civil tiene su origen en los principios republicanos y liberales, así como en las ideas sociales y humanistas de Melchor Ocampo, el rigor jurídico de Manuel Ruiz y la determinación de Juárez de que la ley se ejecutara.

 

Esta gran institución es la única facultada para otorgar el más elemental de los derechos y sin el cual simplemente no existimos; la identidad, además da certeza y legalidad a los actos del estado civil de las personas.En síntesis, el Registro Civil es una institución fundamental para el Estado, que garantiza la certeza jurídica de la condición del estado civil de los individuos.

 

El Registro Civil, se instaura en la capital del estado de Chihuahua el día 7 de abril de 1861, con tal motivo el Gobernador del Estado, Lic. César Duarte, mediante decreto instauró este día, para la celebración del día del Registro Civil del Estado de  Chihuahua

Por su parte la sexagésima tercera Legislatura del Congreso del Estado, instituye dentro del calendario Gubernamental el día 07 de abril de cada año como “El día del Registro Civil”

Con motivo de conmemorarse el Día del Registro Civil del estado de Chihuahua, la Dirección del Registro Civil, saluda atentamente a todos los Oficiales Públicos, Registradores de los 277 Registros Civiles de los 67 municipios y secciones de nuestro Estado, deseándole lo mejor en el desempeño de su tarea, reconociendo y valorando su trabajo diario.

El Registro Civil del Estado, ratifica su compromiso diario por entregar lo mejor de sí, al servicio de los Chihuahuenses, de los mexicanos.

Redacción: Corina Muruato

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Inicia temporada de caza deportiva en el estado de Chihuahua

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– La actividad es coordinada por el Departamento de Vida Silvestre, de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología

La Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (SDUE) anunció el inicio de la temporada de caza deportiva, en predios o ranchos registrados como Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA).

La actividad, también conocida como “turismo cinegético”, es coordinada por el Departamento de Vida Silvestre para contribuir a la conservación de la fauna silvestre a través del aprovechamiento sustentable e impulsar el desarrollo económico en el sector rural.

Este ejercicio asentado legalmente en el territorio desde 1952, además promueve una reproducción y mejora en la genética, contribuye a la conservación de la fauna y proporciona experiencias a los cazadores

Desde 2005 se cuenta con un convenio de asunción de funciones en materia de vida silvestre, firmado con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), mediante el cual se descentralizaron 20 trámites que anteriormente atendía el Gobierno Federal.

Entre esos trámites se encuentra la solicitud de “Autorización de Aprovechamiento Extractivo de Ejemplares, Partes o Derivados”, actividad sustentada en el la Ley General de Vida Silvestre y su Reglamento, misma que lo maneja y aplica como Aprovechamiento Extractivo.

Las especies de valor cinegético que se permite aprovechar en Chihuahua son: venado cola blanca, venado bura, coyote, puma o león de montaña, pecarí de collar, conejo, liebre, codorniz, guajolote silvestre, palomas, aves acuáticas migratorias como gansos, patos, gallaretas y grulla gris, además del jabalí europeo y borrego berberisco.

Para ser avalado el aprovechamiento, el interesado debe cumplir con requisitos precisos con base en el Reglamento de la Ley, que incluyen el contar con un predio registrado como UMA y tener un Plan de Manejo elaborado por un responsable técnico registrado, ante la Dirección General de Vida Silvestre.

En dicho Plan debe señalar qué especies va a aprovechar, solicitar la tasa de aprovechamiento con base en un censo de población de las especies de interés y que estas sean silvestres que se distribuyen de manera natural en el país.

Los interesados deben demostrar que las tasas solicitadas sean menores a la de renovación natural de las poblaciones sujetas a aprovechamiento, en el caso de ejemplares de especies silvestres en vida libre y que no tendrá efectos negativos sobre las poblaciones.

De acuerdo con el número de ejemplares autorizados, se realiza el pago de derechos en Recaudación de Rentas por el concepto de “cintillos de cobro cinegético”, que se fijará al animal aprovechado.

El “cintillo” es un sistema de marca foliado que contiene los datos de la UMA, número de registro, especie autorizada, número de posesión, municipio donde se ubica la UMA y temporada de aprovechamiento, para acreditar su legal procedencia.

A la fecha se cuenta con aproximadamente 250 UMA activas en la entidad, algunas de ellas brindan servicios cinegéticos desde el transporte aeropuertos- ranchos, cocineros, hospedaje, guías, trofeos y los trámites de exportación de las especies.

En el caso de la especie de Borrego Cimarrón, se cuenta con un Programa del Gobierno del Estado que se lleva a cabo en convenios con algunas UMA, con la finalidad de asegurar la correcta conservación y manejo de estos ejemplares.

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