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Chihuahua

Imparte ICHIJUV conferencia “Sexualidad responsable en jóvenes”

El Instituto Chihuahuense de la Juventud, en coordinación con personal especializado en educación sexual, impartió a estudiantes, la conferencia “Sexualidad Responsable en Jóvenes”, con el objeto de prevenirlos sobre las enfermedades de transmisión sexual y métodos anticonceptivos.

Se proporcionó información valiosa a los jóvenes de cómo cuidarse, ser preventivos a la hora de experimentar su sexualidad, de cuáles son los mejores métodos anticonceptivos y que están al alcance de todos pero sobre todo evitar enfermedades por transmisión sexual cuidándose a sí mismos y a su pareja.

El método más común y utilizado por los jóvenes para tener relaciones sexuales, es el condón, por ser económico así mismo se presenta como el método que tiene una ALTA efectividad del 97% en control natal y prevenir enfermedades como el VIH.

A través de la conferencia se concientiza a los jóvenes y se les hace la invitación para que disfruten de su sexualidad, pero en un sentido responsable. Se imparte de una forma amena y sencilla para que los participantes comprendan el mensaje que pretende orientarlos y protegerlos de cualquier riesgo.

Por otro lado también se pretende orientar sobre embarazos no deseados, que traen como consecuencia jóvenes embarazadas y madres solteras a muy cortas edades.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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