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Irregular, incluir domicilio para apoyo de candidaturas independientes: TEPFJ

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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) estableció que el requisito de incluir en el formato de apoyo ciudadano el domicilio de las personas que otorgan su apoyo para el registro de las candidaturas independientes falta a la regularidad constitucional, pues es desproporcionado que a efecto de verificar la veracidad de tal apoyo, se exija a las personas que proporcionen su domicilio.

En la tesis LXVII/2015 con el rubro “Candidaturas independientes. El requisito de incluir el domicilio de las personas en el formato de apoyo ciudadano, falta a la regularidad constitucional”, el TEPJF emitió un criterio que limita a las autoridades para requerir cargas innecesarias a la ciudadanía.

Lo anterior, debido a que el domicilio de las personas es un dato que se encuentra resguardado por la Ley Federal de Protección de Datos Personales y existen mecanismos menos gravosos para verificarlo, en tanto que la autoridad encargada del padrón electoral puede obtenerlo a través del cruce que efectúe de los datos ahí asentados con la clave de elector que se registre al otorgar su debido respaldo.

En el criterio de referencia, se destacó que para la operatividad del ejercicio del derecho a contender en candidaturas independientes es necesario instrumentar requisitos o medidas orientadas a darle viabilidad, sin más limitaciones que las establecidas en la ley para asegurar el desarrollo de la prerrogativa mencionada en su mayor dimensión.

Por esta razón, cuando alguna medida restrinja el acceso a las candidaturas independientes, debe superar el test de proporcionalidad sustentado en el ámbito de libertades y derechos fundamentales que el Estado está obligado a garantizar y cuyo propósito es evitar injerencias excesivas para los gobernados.

La tesis que se comenta, encuentra fundamento en la interpretación sistemática y funcional de los artículos 1º y 35, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 23, párrafo 1, inciso b), de la Convención Americana de Derechos Humanos, y 25, inciso b), del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Con criterios como este, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación fortalece las candidaturas independientes al dotarlas de operatividad, evitando que las autoridades soliciten requisitos innecesarios a la ciudadanía.

Crítica Política

Acontecer

Miles esperan lugar en la UACH: ya están listos los resultados del examen de admisión

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La Universidad Autónoma de Chihuahua recibió de manera oficial los resultados del examen de admisión aplicado a aspirantes de nuevo ingreso, evaluación que estuvo a cargo del Centro Nacional de Evaluación para la Educación Superior (CENEVAL).

La entrega formal de los resultados se realizó ante la notaria pública número 13, Rosalinda Ramos Ríos, con el propósito de garantizar certeza jurídica, transparencia y legalidad en todo el proceso, conforme a los lineamientos establecidos para este tipo de evaluaciones.

En esta etapa participaron más de cuatro mil aspirantes, quienes presentaron el examen el pasado 5 de diciembre, tanto en modalidad presencial como virtual, como parte del mecanismo de ingreso a los distintos programas académicos que ofrece la máxima casa de estudios del estado.

La UACH informó que la publicación de los resultados se lleva a cabo en estricto apego a la Ley de Protección de Datos Personales del Estado de Chihuahua, por lo que la consulta se realiza únicamente mediante el número de folio asignado a cada sustentante, sin mostrar nombres ni información sensible.

Las y los aspirantes pueden verificar su estatus dentro del proceso de ingreso a través del sistema oficial habilitado por la universidad, donde se reflejan los resultados correspondientes a esta evaluación.

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