Procurador General de Justicia capitalino, Rodolfo Ríos Garza consideró que es necesario que los Jueces de Control locales asuman la competencia que les otorga el artículo 303 del Código Nacional de Procedimientos Penales y apliquen su derecho de solicitar la información de la localización geográfica, en tiempo real, de dispositivos móviles o la entrega de datos conservados por los concesionarios de telecomunicaciones
El titular de la PGJ capitalina dijo además que también los Magistrados de las Salas Penales deben coincidir con dicho criterio al momento de resolver las impugnaciones que en su momento pudieran darse. Agregó que se estima que este criterio debe permear en los jueces o tribunales de enjuiciamiento al momento de valorar la información que derive de la decisión tomada por los Jueces de Control.
Durante su intervención en el segundo y último día de actividades del Encuentro Nacional de Procuración e Impartición de Justicia 2016 expuso que en México, la delincuencia es uno de los problemas más grandes por combatir por parte de los gobiernos federal y locales, puesto que la comisión de hechos delictivos, particularmente los de alto impacto, trascienden de manera modular en la sociedad, lacerando el núcleo de la familia a través de la afectación de sus bienes jurídicos, entre otros los de la libertad.
Dijo que entre las medidas de inteligencia para desarticular a bandas delictivas se encuentra la intervención de los sistemas de comunicación, logrando con ello anticipar los movimientos y las conductas delictivas, formando un mapa de trazado geográfico con la finalidad de conocer los patrones de actuación de estas organizaciones.
Ya no se trata de la autoridad ministerial la que solicita la geolocalización, por la controversia que surgió en la interpretación, ahora es la autoridad judicial la que se encargara de hacer las solicitudes de información requerida.
La problemática sobre este tema en la Ciudad de México se presenta cuando los Jueces de Control locales se declaran incompetentes para atender la solicitud que le formula el agente del Ministerio Público, respecto a la emisión de oficio dirigido a las compañías concesionarias de telecomunicaciones para la geolocalización en tiempo real de algún equipo móvil o para la obtención de datos conservados por éstas.
Lo anterior, por considerar que es un asunto de competencia de los jueces federales, como si se tratara de la intervención de comunicaciones privadas, siendo que son figuras diferentes.
Excelsior