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Chihuahua

Mag Silver rechaza tajantemente acusaciones de El Barzón

La minera Mag Silver negó haber contratado a sicarios y policías para golpear e intimidar a miembros de El Barzón, como lo denunció a Apro Gabino Gómez, líder de esa organización campesina en Chihuahua.

A continuación se publica de manera textual e íntegra la carta que envió a esta redacción la empresa Mag Silver:

Por medio de la presente, de la forma más atenta solicitamos nuestro derecho a réplica para aclarar que Minera Cascabel, de la filial Mag Silver, rechaza categóricamente las acusaciones infundadas que hace Gabino Gómez, líder de la organización El Barzón en Chihuahua y que son difundidas en una nota publicada en en su página de Internet.

Mag Silver, rechaza haber contratado a “sicarios”, y a policías, para intimidar, golpear o matar a miembros de la organización El Barzón o a persona alguna, como lo publicaron en su medio en la sección de Estados, en un artículo firmado por la reportera Patricia Mayorga, en una entrevista hecha a Gabino Gómez y publicada el 22 del presente mes y año.

La información que difunden en su respetable medio de comunicación, carece de imparcialidad, toda vez que no se nos dio la oportunidad para expresar nuestro punto de vista, ante una acusación tan grave y sin fundamentos.

“El líder barzonista aseguró que la minera Mag Silver ha contratado sicarios para matar a integrantes de su organización y también a policías para intimidar a los activistas”, señala en su nota la reportera, siendo esto una difamación muy grave que nos afecta, por lo cual, tomaremos las medidas legales correspondientes en contra de quien así lo declaró, Gabino Gómez, a quien exhortamos para que si tiene alguna prueba de sus acusaciones, las aporte a la Fiscalía General del Estado.

Mag Silver es una empresa con más de 13 años en el mercado, y siempre trabaja dentro de la legalidad, su política de trabajo es a través del acuerdo de voluntades, razón por la que desde que se presentaron diferencias de opiniones entre algunos miembros del Ejido Benito Juárez, pese a que ya teníamos 6 años explorando en la zona de forma legal, suspendimos operaciones y retiramos a nuestro personal y el equipo del lugar, puesto que nuestra política de trabajo no es, ni será jamás la confrontación.

Por esta razón pedimos de la forma más atenta que se nos tome en cuenta siempre que se traten temas relacionados con nuestra empresa. Estamos abiertos para proporcionar cualquier información a sus reporteros, en este caso a su corresponsal en Chihuahua, Patricia Mayorga, o a cualquier otro de sus periodistas.

FUENTE: http://www.proceso.com.mx

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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