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Chihuahua

Ofrecen vuelos entre Chihuahua y Puerto Vallarta

Chihuahua, Chih., a 13 de mayo de 2012.- Aeroméxico, la línea aérea transcontinental más grande de México, dio a conocer hoy que inició vuelos entre Chihuahua y Puerto Vallarta, a partir del 12 de mayo, por lo que los habitantes del estado de mayor extensión de nuestro país, podrán disfrutar de los hermosos atractivos de este destino de manera directa y sin escalas.

El nuevo vuelo será operado por aviones Boeing 737, comprende de 124 espacios para pasajeros, 12 de ellos en clase premier y 112 en cabina turista; cuenta con el siguiente itinerario:

 

Chihuahua – Puerto Vallarta

Salida

Llegada

Frecuencia

06:45 hrs.            (Horario CUU)

09:25 hrs.            (Horario PVR)

sábados

 

Puerto Vallarta – Chihuahua

Salida

Llegada

Frecuencia

22:50 hrs.            (Horario PVR)

23:30 hrs.            (Horario CUU)

domingos

 

Puerto Vallarta ofrece un lugar paradisiaco para descansar, además de deportes acuáticos, avistamiento de ballenas en determinadas épocas del año, además de quedar muy cerca de la Riviera Nayarit, que también cuenta con una oferta hotelera para todos los gustos y presupuestos.

Con este vuelo, la aerolínea del Caballero Águila refuerza la conectividad entre las principales ciudades y aeropuertos de la República Mexicana, sin necesidad de pasar por la ciudad de México.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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