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Organizaciones nacionales e internacionales demandan justicia para Israel Arzate

Organismos nacionales e internacionales de derechos humanos alertaron sobre la posibilidad de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgue a Israel Arzate, exculpado por la masacre de Villas de Salvárcar, el segundo amparo que interpuso por el delito de posesión de vehículo robado que le imputa la Fiscalía General de Chihuahua

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Organismos nacionales e internacionales de derechos humanos alertaron sobre la posibilidad de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgue a Israel Arzate, exculpado por la masacre de Villas de Salvárcar, el segundo amparo que interpuso por el delito de posesión de vehículo robado que le imputa la Fiscalía General de Chihuahua

Debido a que será este miércoles 27 cuando la Primera Sala resuelva en torno de ese recurso, los organismos humanitarios enviaron al máximo tribunal sus argumentos legales para demandar justicia para el juarense, quien el pasado miércoles 6 fue liberado después de que la SCJN invalidó el proceso judicial al que fue sometido.

De acuerdo con Human Rights Watch (HRW) –que documentó el caso en 2011, en su informe “Ni seguridad, ni derechos: Ejecuciones, desapariciones y tortura en la ‘guerra contra el narcotráfico’ de México”–, la confesión de Arzate no debió haber sido admitida desde el principio, porque fue obtenida bajo tortura.

“Adicionalmente, es necesario excluir tales pruebas de todo proceso penal para garantizar la integridad del mismo, ya que una confesión coaccionada bajo tortura, en las palabras de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, no suele ser veraz. Es decir, no es un caso simplemente de violaciones procesales, sino del enjuiciamiento de una persona que nada tenía que ver con los hechos contenidos en la confesión, tal y como ha afirmado Israel desde su primera audiencia judicial”, advirtió.

Para el organismo internacional, el caso de Israel Arzate representa un momento crucial para que la SCJN vele por la correcta instrumentación del sistema penal oral y acusatorio, porque se trata de un caso pionero en el nuevo sistema penal, que tiene como principio básico garantizar un proceso basado en pruebas lícitas y confiables para los imputados, y no con pruebas coaccionadas y muchas veces falsas.

Por separado, la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) envió un documento a la Primera Sala para resaltar los estándares y derechos internacionalmente reconocidos más aplicables al caso de Israel, según los tratados de derechos humanos de los que el Estado es parte.

La OACNUDH, que documentó el caso con una serie de visitas a Ciudad Juárez, manifestó en marzo de 2012: “Es un hecho probado que (Israel) fue sometido a torturas por parte de miembros del Ejército para obtener su confesión autoincriminatoria”.

El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria ya había examinado el caso en febrero de 2012, cuando declaró que la detención de Israel fue arbitraria, y exigió al Estado mexicano que lo pusiera en libertad inmediatamente.

El Centro de Derechos Humanos Agustín Pro manifestó su confianza en que la Primera Sala de la SCJN resolverá conforme a derecho y dispondrá la libertad incondicional de Israel Arzate, a quien los ministros otorgaron un primer amparo liso y llano, el miércoles 6, por el delito de homicidio agravado y homicidio en grado de tentativa.

Los ministros resolvieron invalidar el proceso judicial al que fue sometido por las autoridades de Chihuahua, debido a que la confesión emitida por el juarense, en la que se autoinculpaba de haber participado en los sucesos de Villas de Salvárcar, resultó “nula de pleno derecho, al haberse rendido en resguardo y custodia de autoridades militares, y no así a cargo de la autoridad investigadora civil que correspondía”.

El caso de Arzate mereció la atención del Comité contra la Tortura de la Organización de las Naciones Unidas, que en noviembre del año pasado lamentó que “ciertos tribunales continúen aceptando confesiones presuntamente obtenidas bajo coacción o tortura”.

Sostuvo que “el caso de Israel Arzate Meléndez resulta paradigmático para ilustrar la persistencia de esas prácticas, incluso en aquellas jurisdicciones en las que ya ha sido implantado el nuevo sistema de justicia penal”.

Fuente: Proceso.

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Aguinaldo debe pagarse a más tardar este 20 de diciembre, recuerda la STPS

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La Secretaría del Trabajo y Previsión Social informó que el próximo 20 de diciembre de 2025 es la fecha límite para que las y los trabajadores reciban el pago del aguinaldo correspondiente, de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo. La dependencia llamó a las personas empleadoras a cumplir en tiempo y forma con esta obligación legal.

La autoridad laboral precisó que el aguinaldo equivale, como mínimo, a 15 días de salario por cada año laborado. En los casos en los que la persona trabajadora no haya cumplido un año completo de servicios, el pago deberá realizarse de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado durante el año.

El titular de la STPS, Diódoro José Siller Argüello, señaló que el incumplimiento de este derecho laboral, así como el pago incompleto o la entrega en especie, constituye una falta a la ley y puede derivar en sanciones y multas económicas para las personas empleadoras. Estas medidas se encuentran previstas en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.

Asimismo, se aclaró que el derecho al aguinaldo aplica para todas y todos los trabajadores, sin importar el tipo de contrato bajo el cual presten sus servicios. La obligación se mantiene tanto para contratos por tiempo determinado como indeterminado, así como para cualquier otra modalidad laboral reconocida por la ley.

Para quienes requieran orientación o asesoría gratuita sobre el pago del aguinaldo, la STPS puso a disposición los teléfonos de la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo al número (614) 429 33 00, extensiones 12155 y 24741. De igual forma, se puede solicitar apoyo en el Centro de Conciliación Laboral a través de las extensiones 26301 y 26303.

La dependencia también brinda atención presencial en el Palacio de Justicia Laboral, ubicado en la calle Allende número 901, en la colonia Centro, donde se ofrece información y acompañamiento a las personas trabajadoras que lo soliciten.

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