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México

Padres podrán elegir orden de apellidos de sus hijos: SCJN

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Los ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avalaron un fallo en el que consideró que privilegiar el apellido paterno en actas de nacimiento es un acto discriminatorio.

El máximo tribunal constitucional del país explicó que esa situación es un prejuicio que discrimina y disminuye el rol de la mujer en el ámbito familiar, de manera que la norma limita injustificadamente el derecho de los padres a elegir libremente el nombre de sus hijos.

La Corte resolvió el amparo en revisión 208/2016 a propuesta del ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, quien sustentó que la controversia tiene su origen en la negativa de un Juez del Registro Civil a una pareja que intentó registrar, de común acuerdo, a sus hijas recién nacidas con el apellido materno primero y el paterno después.

Ante la inconformidad, la pareja promovió un amparo contra el Artículo 58 del Código Civil y contra de los actos del juez, por lo que el amparo fue concedido por la Juez de Distrito, pero inconformes las autoridades responsables interpusieron recursos de revisión.

En ese caso, la Primera Sala estableció que la decisión de los padres de elegir el orden de los apellidos de sus hijos se encontraba tutelada por el derecho al nombre, en relación con el derecho a la vida privada y familiar.

En ese sentido, la Primera Sala se abocó a responder si el Estado puede limitarlo y con qué alcance, y advirtió que la finalidad de la norma era brindar seguridad jurídica en las relaciones familiares; sin embargo, al elaborar la norma, el legislador eligió un orden específico que privilegia la posición del varón en la familia.

Los ministros señalaron que la práctica de colocar el apellido del hombre primero tiene como trasfondo histórico, la concepción de éste como jefe y portador del apellido de la familia, relegando a la mujer a un rol de mero integrante de ésta.

De tal forma, no se encuentra justificado limitar el derecho de los padres a elegir el nombre de sus hijos, y hacerlo a partir de prejuicios que pretendan perpetuar la situación de superioridad del hombre en las relaciones familiares.

La resolución concluye que el Artículo 58 del Código Civil para el Distrito Federal es inconstitucional, y esto se extiende a la negativa del Juez del Registro Civil. Además, la Primera Sala ordenó que se deberán expedir nuevas actas de nacimiento a las menores con el orden de los apellidos deseado por sus padres.

 

Notimex

México

Senado aprueba Ley General de Aguas en medio de acalorado debate y críticas de oposición

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El Senado mexicano aprobó este jueves, con 85 votos a favor y 36 en contra, el proyecto de decreto que expide la Ley General de Aguas y reforma diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, en un contexto de creciente presión sobre los recursos hídricos del país por sequías, conflictos por concesiones, crecimiento urbano y alta demanda del sector agrícola.
La minuta fue remitida al Senado por la Cámara de Diputados, que la aprobó tras 24 horas de acaloradas discusiones. La iniciativa deriva de una propuesta de la presidenta Claudia Sheinbaum para regular el derecho humano al acceso, disposición y saneamiento del agua, así como priorizar su consumo humano y doméstico ante autorizaciones, permisos, concesiones y asignaciones del recurso.
El senador Óscar Cantón Zetina, de Morena, aseguró que el centro de este proyecto es la persona y no los grandes acaparadores de agua, pues se crea un trinomio virtuoso entre tierra, agua y gente. Afirmó que la legislación es la mayor aliada de los productores y campesinos de México, ya que elimina la visión mercantilista del agua y la regresa a su dueño legítimo, que es el pueblo de México.
La senadora del PAN, Verónica Rodríguez, señaló que esta reforma convierte el agua en un instrumento de manipulación política y electoral. Apuntó que le da al gobierno federal la posibilidad de decidir de manera discrecional quién mantiene su concesión, quién la pierde, a quién le reducen volúmenes de agua y a quién sí le permiten operar, lo que demuestra que es peligroso para la democracia, el campo, la seguridad alimentaria y las familias.
Carolina Viggiano, del PRI, advirtió que el proyecto no contó con estudios económicos ni presupuestales, no cuenta con análisis de impacto financiero y tampoco se asegura inversión para la infraestructura, operación ni vigilancia de los sistemas de agua. Además, señaló que no se consultó a los pueblos originarios.
Luis Donaldo Colosio, de Movimiento Ciudadano, indicó que los cambios abren la puerta a más control gubernamental sin contrapesos reales, a más trámites y a más incertidumbres para el campo mexicano. Afirmó que se concentran atribuciones en la Comisión Nacional del Agua sin reglas claras, crece el riesgo de arbitrariedad, corrupción, favoritismos y castigo político, además de que se crea incertidumbre en la asignación de derechos y volúmenes, lo que desincentiva la inversión, la tecnificación y frena proyectos.
La nueva Ley General de Aguas establece que las concesiones para el uso del vital líquido no podrán ser intercambiadas entre particulares, con la obligatoriedad de que sea la Conagua la que las distribuya de nuevo.
La discusión y aprobación en las Cámaras de Diputados y Senadores ocurre en un contexto donde el sector agrícola consume cerca del 75 por ciento del agua disponible para consumo en el país.

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