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Permitió administración de Felipe Calderón convenio para permitir espionaje de EU

El gobierno de Felipe Calderón avaló en febrero de 2007 que el Departamento de Estado Estadunidense instalara en México un sistema de intercepción de comunicaciones que permite la recepción, procesamiento, análisis y almacenamiento de llamadas telefónicas a escala nacional, así como de servicios de internet como chat, correo electrónico y voz sobre IP.

El gobierno de Felipe Calderón avaló en febrero de 2007 que el Departamento de Estado Estadunidense instalara en México un sistema de intercepción de comunicaciones que permite la recepción, procesamiento, análisis y almacenamiento de llamadas telefónicas a escala nacional, así como de servicios de internet como chat, correo electrónico y voz sobre IP.

El contrato S-INLEC-06-R-4042 establece que la firma Verint Systems vendió equipo de espionaje al gobierno estadunidense con un valor de tres millones de dólares, el cual llegó a nuestro país a través de la Agencia Federal de Investigación (AFI) y la Procuraduría General de la República (PGR), con el fin de apoyar el combate al narcotráfico en el contexto de la Iniciativa Mérida.

Ello implica que el gobierno estadunidense tiene acceso a la información que provea este sistema en México.

Según se señala en el contrato, el equipo permite interceptar llamadas de destino de redes de Telmex, Telcel (TDMA y GSM), Nextel (iDEIM/GSM), Telefónica, Unefon, Iusacell (CDMA y TDMA), VoIP de Cisco Systems, paquete de datos de Prodigy, así como de otros prestadores de servicios de internet, y almacena hasta 25 mil horas. Tiene la capacidad de recoger, monitorear y registrar 60 llamadas simultáneas y mapearlas en segundos a nivel de calle, gracias al software MapInfo.

Para ver la investigación completa da clic aquí.

Fuente: Grupo Imagen.

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México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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