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Chihuahua

Piden a JMAS un programa de apoyo para condonar adeudos históricos a personas en situación económica baja

En sesión ordinaria- el Diputado Carlos Olson, puntualizó que durante esta pandemia la población ha sufrido un impacto socioeconómico, afectando a los grupos más vulnerables.

Altos índices de desempleo como el informal, cerca del 60%, y casi el 40% de los trabajadores no cuentan con ningún régimen de protección o asistencia social, detalle que hace dramático para la región, indicó el legislador del PAN. La población más afectada no le interesa la economía mundial, porque todos ellos tienen fijadas sus esperanzas en los aumentos a los productos básicos, como también el tener agua potable para sus familias.

Es mediante esto resalta Olson- que se exhorta a la Junta Municipal de Agua y Saneamiento de Chihuahua, por conducto de su Consejo de Administración, para que se implemente un programa intensivo de apoyo al rezago social en favor de la población en situación económica baja y de atención prioritaria, de manera inmediata. El objetivo es desarrollar un mecanismo extraordinario para la condonación de los adeudos históricos en materia de agua y saneamiento.

“Nuestro Estado y en general la comunidad Internacional, se encuentra ante una de las etapas más trágicas y desafortunadas en la historia contemporánea ante los embates y consecuencias de la pandemia causada por el COVID-19”.

En su mensaje ante el pleno: “Los chihuahuenses nos hemos inconformado frente a los gobiernos indolentes e ineficientes, argumentando su falta de liderazgo, capacidad política y operativa, sin embargo, “Juntos, Si podemos”; en este momento necesitamos cerrar filas y unirnos todos a quienes se nos ha encomendado la sublime tarea de velar por los derechos de nuestros ciudadanos”, dijo Carlos Olson.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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