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Chihuahua

¿Por qué arrestaron a la alcaldesa de Nuevo Casas Grandes Cynthia Ceballos?

La tarde de este domingo se reportó la detención de la alcaldesa de Nuevo Casas Grandes, Chihuahua, Cynthia Marina Ceballos Delgado.

Los primeros reportes indican, que la alcaldesa fue interceptada por agentes de la Fiscalía Anticorrupción de Chihuahua en la zona centro de dicho municipio, sobre la avenida 5 de mayo.

De momento se sabe, que Ceballos Delgado presenta señalamientos en su contra, por presuntos actos de corrupción y por el delito de peculado agravado, por lo cual dicha fiscalía habría atendido una orden de aprehensión en su contra.

Se conoce que la alcaldesa fue trasladada a la ciudad de Chihuahua, donde se llevará a cabo su proceso.

Por su parte la fiscalía Anticorrupción no ha proporcionado información sobre los delitos por los que se le estaría acusando a la presidenta municipal de Nuevo Casas Grandes.

 Acusada de nexos con el crimen organizado

Cabe destacar que meses atrás fue señalada por nexos con el crimen organizado e incluso la Secretaría de Seguridad Pública del Estado (SSPE) tuvo que desarmar e inhabilitar a elementos de la policía municipal de su administración por actos de corrupción.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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