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Chihuahua

Un pelea en un partido de béisbol detonó la violencia, luego sacerdotes jesuitas fueron asesinados por “el Chueco”

Los dos sacerdotes jesuitas fueron asesinados en Cerocahui por “el Chueco”, luego de un pleito que se generó tras un partido de beisbol, informó la Fiscalía del estado de Chihuahua.

En un mensaje ante medios de comunicación, el fiscal de Chihuahua, Roberto Fierro, señaló que una disputa tras un partido de beisbol, fue la que derivó la violencia, donde después ocurrió el asesinato de los sacerdotes jesuitas.

Al respecto, el fiscal de Chihuahua indicó que luego de que el equipo de beisbol que patrocinaba José Noriel Portillo Gil, alias “el Chueco” perdió un partido, fue se originó una disputa.

Asimismo, el fiscal de Chihuahua detalló que tras el partido de beisbol, “el Chueco” agredió a un hombre llamado Paul “N”, quien tras resultar herido, llegó a pedir el auxilio de los sacerdotes jesuitas, que fueron asesinados.

De acuerdo con el fiscal de Chihuahua, el partido de beisbol se celebró días antes de que ocurriera el asesinato de los sacerdotes jesuitas en Cerocahui.

Sin embargo, “el Chueco”, presunto responsable del crimen, buscó a los hermanos Paul “N” y Armando “N”, debido a que ambos participaron en dicho partido, pues jugaron en el equipo que derrotó al suyo.

En el acto de “venganza” por perder el partido de beisbol, “el Chueco” lesionó por arma de fuego a Paul “N” y lo secuestró junto a Armando “N”, tras lo cual incendió la casa en la que vivían ambos.

Pese a estar policontundido debido a las agresiones que recibió por parte de “el Chueco”, Paul “N” se escapó de su cautiverio y llegó al templo de Cerocahui, donde fue apoyado por los sacerdotes jesuitas.

Informe oficial

Pues mediante los trabajos de investigación y diligencias efectuadas a cargo del equipo multidisciplinario de la FGE establecieron y obtuvieron datos relevantes en torno a lo sucedido el pasado lunes en la comunidad de Cerocahui, municipio de Urique.

Donde de acuerdo con los trabajos ministeriales establecieron que el lunes fue atendido un reporte donde informaron que José Noel alias «El Chueco» arribó al pueblo con la finalidad de localizar a Paul B.

Ya que días atrás informaron que se llevó a cabo un juego de béisbol, en donde contendía el equipo que es patrocinado por este hombre, el cual perdió, lo que generó una disputa con el otro equipo donde contendrían Paul y Armando B, hombres a los cuales privó de la libertad.

Por lo que según versiones de diversos testigos, el chueco detonó un arma en contra de Paul y privó de la libertad a Armando, esto para después prender fuego a la vivienda donde fue a buscarlos.

Además precisaron que una mujer y un menor, también habitantes de Cerocahui, los cuales están vinculados con la víctimas fueron reportados como privados de la libertad, pero tras las diligencias establecieron que estos lograron retirarse del lugar sanos y salvos.

Además los familiares confirmaron que tanto la mujer como el menor están en óptimo estado de salud, a los cuales les ofrecieron apoyo integral a través de la Comisión de Atención a Víctimas.

Informó el fiscal que aún están en la búsqueda de estas personas que fueron privadas de la libertad.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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