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Preparan decomiso de ocho mil vehículos chuecos

El Gobierno del Estado creó esta coordinación que tiene facultades para ordenar y practicar el embargo precautorio de mercancías de comercio exterior y sus medios de transporte, en los supuestos que establece la Ley Aduanera cuando no se acredite su legal importación, tenencia o estancia en el país, así como respecto de los vehículos de origen o procedencia extranjera que no acrediten su legal estancia en el país, a su vez resolver sobre la procedencia del levantamiento del mismo.

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El Gobierno del Estado creó esta coordinación que tiene facultades para ordenar y practicar el embargo precautorio de mercancías de comercio exterior y sus medios de transporte, en los supuestos que establece la Ley Aduanera cuando no se acredite su legal importación, tenencia o estancia en el país, así como respecto de los vehículos de origen o procedencia extranjera que no acrediten su legal estancia en el país, a su vez resolver sobre la procedencia del levantamiento del mismo.

A esta nueva dependencia le corresponde ejercer las atribuciones en materia de verificación al comercio exterior que contemplen las disposiciones aduaneras y los convenios o acuerdos de colaboración o coordinación celebrados por el Estado con el Gobierno Federal o los Municipios, coordinándose con las autoridades correspondientes para el mejor desempeño de las facultades derivadas de dichos convenios y acuerdos.

De igual forma establecerá un plan anual de verificación al comercio exterior, con lo que se aplicarían candados contra el tráfico de vehículos y mercancías, así como establecer las políticas, lineamientos, directrices y programas que deben seguir los departamentos de su adscripción y proponerlos para aprobación del Secretario.

De igual forma deberá de programar, ordenar y practicar visitas domiciliarias, verificación de mercancías en transporte, verificación de vehículos en circulación, verificaciones de origen o procedencia extranjera, auditorías, revisiones de escritorio, así como para verificar el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias en las mercancías, obligaciones fiscales y aduaneras derivadas de la introducción al territorio nacional de vehículos y mercancías de procedencia extranjera de conformidad con la legislación aplicable.

Deberá uniformar e identificar al personal a su cargo, por lo que expedirá las constancias de identificación y los oficios que correspondan, del personal a su cargo que se habilite para la práctica de visitas domiciliarias, auditorías, verificaciones, inspecciones, revisiones y notificaciones de carácter fiscal y aduanero, así como para los demás actos relacionados con el ejercicio de sus funciones.

Tendrá entre su personal a visitadores, auditores, verificadores, clasificadores arancelarios y notificadores, así como personal necesario para la práctica de los actos de su competencia, a su vez designará los peritos que se requieran para la formulación de los dictámenes técnicos relacionados con el ejercicio de sus facultades.

Otra más de las acciones que recaerán en esta dependencia es notificar u ordenar que se notifiquen los actos relacionados con el ejercicio de sus facultades.

También podrá requerir de los contribuyentes, responsables solidarios y terceros con ellos relacionados, para que exhiban y cuando proceda, proporcionen la contabilidad, los avisos, declaraciones, pedimentos, manifestaciones y demás datos, documentos e informes de conformidad con las disposiciones legales aplicables, a efecto de llevar a cabo su revisión, así como autorizar prórrogas para su presentación.

Entre sus responsabilidades, tiene el dar a conocer a los contribuyentes, responsables solidarios y demás obligados, los hechos u omisiones que les sean imputables y hacer constar dichos hechos y omisiones en el oficio de observaciones o en las actas que al efecto se levanten.

Fuente: El Heraldo de Chihuahua.

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Chihuahua

Aguinaldo debe pagarse a más tardar este 20 de diciembre, recuerda la STPS

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La Secretaría del Trabajo y Previsión Social informó que el próximo 20 de diciembre de 2025 es la fecha límite para que las y los trabajadores reciban el pago del aguinaldo correspondiente, de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo. La dependencia llamó a las personas empleadoras a cumplir en tiempo y forma con esta obligación legal.

La autoridad laboral precisó que el aguinaldo equivale, como mínimo, a 15 días de salario por cada año laborado. En los casos en los que la persona trabajadora no haya cumplido un año completo de servicios, el pago deberá realizarse de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado durante el año.

El titular de la STPS, Diódoro José Siller Argüello, señaló que el incumplimiento de este derecho laboral, así como el pago incompleto o la entrega en especie, constituye una falta a la ley y puede derivar en sanciones y multas económicas para las personas empleadoras. Estas medidas se encuentran previstas en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.

Asimismo, se aclaró que el derecho al aguinaldo aplica para todas y todos los trabajadores, sin importar el tipo de contrato bajo el cual presten sus servicios. La obligación se mantiene tanto para contratos por tiempo determinado como indeterminado, así como para cualquier otra modalidad laboral reconocida por la ley.

Para quienes requieran orientación o asesoría gratuita sobre el pago del aguinaldo, la STPS puso a disposición los teléfonos de la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo al número (614) 429 33 00, extensiones 12155 y 24741. De igual forma, se puede solicitar apoyo en el Centro de Conciliación Laboral a través de las extensiones 26301 y 26303.

La dependencia también brinda atención presencial en el Palacio de Justicia Laboral, ubicado en la calle Allende número 901, en la colonia Centro, donde se ofrece información y acompañamiento a las personas trabajadoras que lo soliciten.

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