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Chihuahua

Preparan decomiso de ocho mil vehículos chuecos

El Gobierno del Estado creó esta coordinación que tiene facultades para ordenar y practicar el embargo precautorio de mercancías de comercio exterior y sus medios de transporte, en los supuestos que establece la Ley Aduanera cuando no se acredite su legal importación, tenencia o estancia en el país, así como respecto de los vehículos de origen o procedencia extranjera que no acrediten su legal estancia en el país, a su vez resolver sobre la procedencia del levantamiento del mismo.

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El Gobierno del Estado creó esta coordinación que tiene facultades para ordenar y practicar el embargo precautorio de mercancías de comercio exterior y sus medios de transporte, en los supuestos que establece la Ley Aduanera cuando no se acredite su legal importación, tenencia o estancia en el país, así como respecto de los vehículos de origen o procedencia extranjera que no acrediten su legal estancia en el país, a su vez resolver sobre la procedencia del levantamiento del mismo.

A esta nueva dependencia le corresponde ejercer las atribuciones en materia de verificación al comercio exterior que contemplen las disposiciones aduaneras y los convenios o acuerdos de colaboración o coordinación celebrados por el Estado con el Gobierno Federal o los Municipios, coordinándose con las autoridades correspondientes para el mejor desempeño de las facultades derivadas de dichos convenios y acuerdos.

De igual forma establecerá un plan anual de verificación al comercio exterior, con lo que se aplicarían candados contra el tráfico de vehículos y mercancías, así como establecer las políticas, lineamientos, directrices y programas que deben seguir los departamentos de su adscripción y proponerlos para aprobación del Secretario.

De igual forma deberá de programar, ordenar y practicar visitas domiciliarias, verificación de mercancías en transporte, verificación de vehículos en circulación, verificaciones de origen o procedencia extranjera, auditorías, revisiones de escritorio, así como para verificar el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias en las mercancías, obligaciones fiscales y aduaneras derivadas de la introducción al territorio nacional de vehículos y mercancías de procedencia extranjera de conformidad con la legislación aplicable.

Deberá uniformar e identificar al personal a su cargo, por lo que expedirá las constancias de identificación y los oficios que correspondan, del personal a su cargo que se habilite para la práctica de visitas domiciliarias, auditorías, verificaciones, inspecciones, revisiones y notificaciones de carácter fiscal y aduanero, así como para los demás actos relacionados con el ejercicio de sus funciones.

Tendrá entre su personal a visitadores, auditores, verificadores, clasificadores arancelarios y notificadores, así como personal necesario para la práctica de los actos de su competencia, a su vez designará los peritos que se requieran para la formulación de los dictámenes técnicos relacionados con el ejercicio de sus facultades.

Otra más de las acciones que recaerán en esta dependencia es notificar u ordenar que se notifiquen los actos relacionados con el ejercicio de sus facultades.

También podrá requerir de los contribuyentes, responsables solidarios y terceros con ellos relacionados, para que exhiban y cuando proceda, proporcionen la contabilidad, los avisos, declaraciones, pedimentos, manifestaciones y demás datos, documentos e informes de conformidad con las disposiciones legales aplicables, a efecto de llevar a cabo su revisión, así como autorizar prórrogas para su presentación.

Entre sus responsabilidades, tiene el dar a conocer a los contribuyentes, responsables solidarios y demás obligados, los hechos u omisiones que les sean imputables y hacer constar dichos hechos y omisiones en el oficio de observaciones o en las actas que al efecto se levanten.

Fuente: El Heraldo de Chihuahua.

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Chihuahua

Inicia temporada de caza deportiva en el estado de Chihuahua

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– La actividad es coordinada por el Departamento de Vida Silvestre, de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología

La Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (SDUE) anunció el inicio de la temporada de caza deportiva, en predios o ranchos registrados como Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA).

La actividad, también conocida como “turismo cinegético”, es coordinada por el Departamento de Vida Silvestre para contribuir a la conservación de la fauna silvestre a través del aprovechamiento sustentable e impulsar el desarrollo económico en el sector rural.

Este ejercicio asentado legalmente en el territorio desde 1952, además promueve una reproducción y mejora en la genética, contribuye a la conservación de la fauna y proporciona experiencias a los cazadores

Desde 2005 se cuenta con un convenio de asunción de funciones en materia de vida silvestre, firmado con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), mediante el cual se descentralizaron 20 trámites que anteriormente atendía el Gobierno Federal.

Entre esos trámites se encuentra la solicitud de “Autorización de Aprovechamiento Extractivo de Ejemplares, Partes o Derivados”, actividad sustentada en el la Ley General de Vida Silvestre y su Reglamento, misma que lo maneja y aplica como Aprovechamiento Extractivo.

Las especies de valor cinegético que se permite aprovechar en Chihuahua son: venado cola blanca, venado bura, coyote, puma o león de montaña, pecarí de collar, conejo, liebre, codorniz, guajolote silvestre, palomas, aves acuáticas migratorias como gansos, patos, gallaretas y grulla gris, además del jabalí europeo y borrego berberisco.

Para ser avalado el aprovechamiento, el interesado debe cumplir con requisitos precisos con base en el Reglamento de la Ley, que incluyen el contar con un predio registrado como UMA y tener un Plan de Manejo elaborado por un responsable técnico registrado, ante la Dirección General de Vida Silvestre.

En dicho Plan debe señalar qué especies va a aprovechar, solicitar la tasa de aprovechamiento con base en un censo de población de las especies de interés y que estas sean silvestres que se distribuyen de manera natural en el país.

Los interesados deben demostrar que las tasas solicitadas sean menores a la de renovación natural de las poblaciones sujetas a aprovechamiento, en el caso de ejemplares de especies silvestres en vida libre y que no tendrá efectos negativos sobre las poblaciones.

De acuerdo con el número de ejemplares autorizados, se realiza el pago de derechos en Recaudación de Rentas por el concepto de “cintillos de cobro cinegético”, que se fijará al animal aprovechado.

El “cintillo” es un sistema de marca foliado que contiene los datos de la UMA, número de registro, especie autorizada, número de posesión, municipio donde se ubica la UMA y temporada de aprovechamiento, para acreditar su legal procedencia.

A la fecha se cuenta con aproximadamente 250 UMA activas en la entidad, algunas de ellas brindan servicios cinegéticos desde el transporte aeropuertos- ranchos, cocineros, hospedaje, guías, trofeos y los trámites de exportación de las especies.

En el caso de la especie de Borrego Cimarrón, se cuenta con un Programa del Gobierno del Estado que se lleva a cabo en convenios con algunas UMA, con la finalidad de asegurar la correcta conservación y manejo de estos ejemplares.

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