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Chihuahua

Promueve Ichmujer «Día de las Empleadas Domésticas»

 

El próximo domingo el Instituto Chihuahuense de la Mujer festejará a las empleadas domésticas de esta ciudad con motivo del próximo Día Internacional de la Emplead a Doméstica.

El instituto de la mujer realiza esta celebración del Día internacional de la Emplead a Doméstica, fecha que estableció en el año 1998 durante el Primer Congreso Latinoamericano y del Caribe de Trabajadoras del Hogar.

El festjó además de contar con el ya tradicional desayuno ofrecerán módulos de salud donde podrán recibir asesoría de nutrición, detección de cáncer de mama y cérvico-uterino, así como la inscripción al seguro popular para las asistentes.

El festejó dará inicio en punto de las 9:00 horas del día 25 de marzo en el Centro de Convenciones.

Además de lo ya dicho, durante el evento las asistentes podrán escuchar amena presentación musical y sorpresas para las invitadas.

Las mujeres que deseen acudir necesitar recoger su pase de entrada en algunas de estas direcciones.

Oficinas Administrativas: Calle 1 de Mayo #1802 Colonia Pacifico
Musivi: Calle 35 #1402 Colonia Obrera
Centro de Justicia para las Mujeres: Calle 51 y Rosales Colonia Popular.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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