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Chihuahua

Propone Nueva Alianza modificar la Medalla al Mèrito Educativo

Con el propósito de fortalecer el reconocimiento denominado “Medalla Chihuahua al Mérito Educativo”, el Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza del Congreso local solicitó modificar diversos artículos a fin de actualizar la normatividad de dicho reconocimiento.

Con el propósito de fortalecer el reconocimiento denominado “Medalla Chihuahua al Mérito Educativo”, el Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza del Congreso local  solicitó modificar diversos  artículos a fin de actualizar la normatividad de dicho reconocimiento.

 

En voz del Diputado Luis Adrián Pacheco Sánchez,  se propone reforma a el artículo 2; el artículo 3; el artículo 8, párrafo segundo, artículo 10;  y el artículo 12  de la Ley que Crea el Reconocimiento Denominado Medalla Chihuahua al Mérito Educativo, para quedar como sigue:

 

Respecto a los agregados, el Diputado Nuevaaliancista mencionó que  ahora se incluirá premiar aquellos trabajos que beneficien en Educación inicial, Educación Superior, Investigación Educativa, la sociedad Chihuahuense en general.

 

El Legislador señaló que otra de las adecuaciones al marco normativo, es que la Comisión de Educación y Cultura en voz de su Presidente, dará a conocer al Pleno  Legislativo en la sesión inmediata, los nombres de los ganadores, así como un resumen breve de los argumentos del Jurado Calificador  para  fundamentar su decisión. Así mismo, el nombre de los triunfadores en ambas categorías, se publicarán en la prensa local.

 

La modificación del artículo 12 se refiere a que el Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Educación, Cultura y Deporte, y el Honorable Congreso del Estado a través del Comité de Biblioteca, Asuntos Editoriales e  Informática, en un plazo no mayor de tres meses a partir de la entrega del reconocimiento, realizará cada año, una edición especial que contenga los trabajos ganadores, para su publicación y difusión entre la sociedad chihuahuense.

 

Para finalizar, Pacheco Sánchez indicó que la reforma incluye que los trabajos ganadores, pasarán a ser propiedad del Gobierno del Estado, quien podrá disponer libremente de los mismos respetando en todo momento los créditos correspondientes en lo referente a la autoría.

Redacciòn: Corina Muruato

Dip. Luis..

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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