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Chihuahua

Propone PAN ley para erradicar la tortura

Ante la creciente denuncia de casos que incluyen este método para obtener «chivos expiatorios», el Partido Acción Nacional en el Congreso del estado presentó la iniciativa de ley para Prevenir y Erradicar la Tortura.

Ante la creciente denuncia de casos que incluyen este método para obtener «chivos expiatorios», el Partido Acción Nacional en el Congreso del estado presentó la iniciativa de ley para Prevenir y Erradicar la Tortura.

Rogelio Loya Luna, diputado de Acción Nacional, señaló que a pesar de que desde septiembre del 2012 ya existe una ley en la materia, la realidad es que «no ha rendido los frutos esperados y vemos que en Chihuahua la tortura está vigente».

Basta mencionar los casos de Ciudad Juárez, donde 7 policías fueron detenidos por torturar a una familia competa, y hay decenas en donde los jueces de garantía, también en la más grande frontera del estado, le han dado vista al Ministerio Público para abrir carpetas de investigación «porque se presentan imputados severamente golpeados».

El legislador del PAN recordó que a estos, se suma el caso de Israel Arzate, el juarense que fue detenido en el 2010 acusado de participar en la masacre de Villas de Salvárcar, y que recientemente fue liberado cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió un amparo ante la evidente y cruel tortura de que fue objeto.

La idea central de la iniciativa es que se adopten los mecanismos que orientan el llamado «Protocolo de Estambul», que tiene como finalidad poder documentar e investigar eficazmente los actos de tortura, dijo Loya Luna.

En la iniciativa panista se busca fomentar la prevención de la tortura y definir la incomunicación de los detenidos como una forma de ejercerla ante los imputados.

Así mismo, se plantea agravar la pena para la tortura a 4 años de prisión, además de eliminar los beneficios a los que se puedan acoger los sentenciados por este delito.

Una parte importante de la propuesta es que, además del detenido, una tercera persona estaría en la capacidad legal de solicitar un médico legista para revisar las condiciones físicas y mentales de quien acusa tortura por parte de sus captores.

Rogelio17Dic

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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