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Chihuahua

Protégete del calor y evita la insolación

 

Debido a las altas temperaturas que la ciudad de Chihuahua está presentando, hasta por encima de los 38° C, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) reitera a sus derechohabientes, la necesidad de adoptar las medidas necesarias para prevenir la insolación.

La exposición prolongada a altas temperaturas ambientales tiende a afectar el centro termorregulador de las personas y con ello alterar sus funciones vitales, ya que se pierde agua y electrolitos, elementos esenciales para el funcionamiento del organismo humano.

La insolación es una enfermedad muy grave; ocurre cuando la temperatura corporal sube rápidamente y el cuerpo no puede enfriarse mediante el sudor.

Especialistas del Seguro Social dan a conocer que las señales de advertencia de una insolación varían; algunas de ellas son tener una temperatura corporal extremadamente alta, mayor a los 39°C, tener la piel enrojecida, caliente y seca, pulso rápido y fuerte, dolor de cabeza, mareos, náuseas, confusión y pérdida del conocimiento.

En caso de que alguna persona padezca de estos síntomas, es necesario llevarla a la sombra y enfriar a la persona con agua fría, ya sea dándole un baño, rociándola con una manguera o con alguna esponja.

También el Instituto informa que en caso de que la persona presente vómito, es necesario ponerla de lado para que la vía respiratoria permanezca abierta; no darle líquidos para tomar y conseguir asistencia médica en sus Unidades de Medicina Familiar (UMF) de inmediato.

Por esto, los médicos del IMSS recomiendan no exponerse al sol por periodos prolongados, cubrirse con ropa ligera y de colores claros, protegerse la piel con bloqueadores solares, evitar salir a las horas en que el sol está más candente que son de las 11:00 a las 16:00 horas, ingerir abundantes líquidos, usar lentes oscuros, no hacer ejercicio ni trabajos intensos y prolongados bajo el sol.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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