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México

Publican norma de construcción y operación de estaciones de gasolina

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) publicó hoy la norma oficial sobre diseño, construcción, operación y mantenimiento de estaciones de servicio para almacenamiento y expendio de diésel y gasolinas.

En el Diario Oficial de la Federación explicó que su objetivo es establecer los parámetros, especificaciones y requisitos técnicos de seguridad industrial, operativa y de protección ambiental que se deben cumplir en el diseño, la construcción, la operación y el mantenimiento de estaciones de servicio.

Entre las especificaciones de la Norma Oficial Mexicana NOM-005-ASEA-2016 están que previo a la construcción de la estación se debe contar con un análisis de riesgos y que no se diseñarán ni instalarán debajo de puentes vehiculares.

Las estaciones que operen a la fecha de entrada en vigor de la presente NOM, dentro de 60 días naturales, deben cumplir con las indicaciones

A las estaciones de servicio que hayan obtenido el permiso de la Comisión Reguladora de Energía con anterioridad a la entrada en vigor de esta norma no se les exigirán los estándares establecidos en ella, sino los que hubieren sido aplicables al momento que se otorgó la autorización.

El documento indica que las estaciones que operen a la fecha de entrada en vigor de la presente NOM, dentro de 60 días naturales, deben cumplir con las indicaciones de operación y mantenimiento.

La observancia y vigilancia del cumplimiento de esta norma corresponde a la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, por conducto de sus servidores públicos o de la Unidad de Verificación que ésta acredite.

Señala que en tanto la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos no publique el Programa de Evaluación, las estaciones que den servicio a la entrada en vigor de esta norma deben contar con el dictamen técnico de operación y mantenimiento.

Además, las estaciones que inicien operación en 2017 y hayan obtenido el permiso de la Comisión Reguladora de Energía con anterioridad a la entrada en vigor de esta norma, deben contar con el dictamen técnico de Operación y Mantenimiento a más tardar un año calendario posterior al inicio de operaciones.

Mientras que las que hayan obtenido el permiso después de la entrada en vigor deben contar con el dictamen técnico de operación y mantenimiento a partir de un año calendario posterior a la obtención del dictamen técnico de construcción.

 

Exclsior

México

Inflación ‘adelanta Navidad’: desacelera a 4.44 por ciento en primera quincena de diciembre

La inflación desaceleró en la primera quincena de diciembre y se ubicó en 4.44 por ciento a tasa anual, de acuerdo con los datos presentados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

«En la primera quincena de diciembre de 2024, el inpc aumentó 0.42% respecto a la quincena anterior. Con este resultado, la inflación general anual se ubicó en 4.44 por ciento», precisó el Inegi.

De acuerdo con un sondeo realizado por Reuters, los analistas anticipaban una desaceleración del 4.40 por ciento, lo que significa que fue menos de lo previsto.

¿Cómo le fue a la inflación subyacente durante la primera quincena de diciembre?

Mientras que la inflación subyacente, que se considera un mejor parámetro para medir la trayectoria de los precios porque quita los productos de alta volatilidad, avanzó a un 3.62 por ciento anual desde el 3.57 por ciento de la segunda quincena de noviembre.

«El índice de precios subyacente incremento 0.50% a tasa quincenal y 3.62 por ciento a tasa anual», presentó el Inegi.

En este caso también el mercado esperaba una disminución de 3.56 por ciento.

Los rubros en los que más incrementos se presentaron fueron el transporte aéreo y el jitomate, mientras que bajaron la papaya y la cebolla.

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