Que se elimine límite de edad para ejercer como docente: Nueva Alianza
El Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza en el Congreso de Chihuahua, solicitó se reforme el artículo 791 del Código Administrativo del Estado de Chihuahua para que en su texto se elimine el contenido del inciso “c”, donde se señala el límite de edad para ingresar como maestro al sistema escolar del Estado, en cualquiera de las categorías de los tipos de educación que comprende.
El Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza en el Congreso de Chihuahua, solicitó se reforme el artículo 791 del Código Administrativo del Estado de Chihuahua para que en su texto se elimine el contenido del inciso “c”, donde se señala el límite de edad para ingresar como maestro al sistema escolar del Estado, en cualquiera de las categorías de los tipos de educación que comprende.
En voz de la bancada, Ángeles Bailón Peinado, los Diputados señalan que ante el incremento de personas de más de 45 años de edad, que desde, no más, de dos décadas se han triplicado, tendremos que empezar a legislar y enfocar nuestra atención en generar las condiciones indispensables, para que la edad, no sea un motivo de discriminación en el empleo o cualquier actividad productiva.
Informó que un estudio realizado por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) advierte que México experimentará un rápido envejecimiento a mediados del presente siglo XXI, cuando el 21% de su población tendrá más de 65 años.
En ese sentido Bailón Peinado indicó que ante dicha situación, el Estado debe empezar a fijar las políticas de desarrollo que permitan aprovechar el potencial de quienes no siendo tan jóvenes han acumulado una gran experiencia, además se debe hacer la adecuación a las leyes, para no caer en discriminación.
ARTICULO A REFORMAR
El Artículo 791 del Código administrativo para el estado de Chihuahua establece que: para ingresar como maestros del sistema escolar del Estado en cualquiera de las categorías de los tipos de educación que comprende, se precisa:
a) ser mexicano.
b) no ser ministro de algún culto o miembro de corporación religiosa.
c) no tener más de 45 años de edad.
d) no padecer enfermedad o adolecer de defecto físico que impida el ejercicio del magisterio
e) poseer título de maestro del tipo de educación en que vaya a ejercer.
Para el ejercicio de la enseñanza de las actividades tecnológicas, de no haber maestros titulados en la especialidad, el Estado podrá aceptar los servicios de maestros diplomados.
PUEDE SER OBJETO DE DISCRIMINACIÓN
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su título primero y en el capítulo 1 que habla de los Derechos Humanos y sus Garantías, establece en su tercer párrafo: queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la EDAD, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar, los derechos y libertades de las personas.
En este sentido, nuestra Constitución en el artículo 5, párrafo 1 establece lo siguiente: a ninguna persona podrá impedírsele que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos.
El ejercicio de esta libertad, sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de terceros, o por resolución gubernativa dictada en los términos que marque la ley cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial.
Clausura Gobernación Estatal 15 establecimientos durante la última semana
La Secretaría General de Gobierno, a través de la Subsecretaría de Gobernación, durante la semana del 16 al 22 de diciembre realizó 188 inspecciones a establecimientos que expenden y/o comercializan bebidas alcohólicas, que dieron como resultado la clausura de 15 negocios, cuatro ubicados en Chihuahua y 11 en Ciudad Juárez.
Las clausuras fueron las siguientes:
-Restaurante “La Doña”, por violación de giro y operar fuera de horario (Chihuahua) -Restaurante bar “Amigo Bardo”, por operar fuera de horario, falta de licencia de uso de suelo, falta de placa de aforo y violación de giro (Chihuahua) -Licorería “16 de Septiembre”, por operar fuera de horario (Chihuahua) -Salón de eventos “Quinta Hacienda”, por operar fuera de horario (Chihuahua) -Tienda de abarrotes “Six el primo”, por violación de giro (Juárez) -Tienda de abarrotes “Six los palomares”, por violación de giro (Juárez) -Restaurante “Buffalucas”, por violación de giro (Juárez) -Tienda de abarrotes “Modelorama Palomares”, por violación de giro (Juárez) -Tienda de abarrotes “Six la Invasión”, por violación de giro (Juárez) -Tienda de abarrotes “Modelorama 114”, por violación de giro (Juárez) -Salón de eventos “Terraza Casa Desierto”, por violación de giro (Juárez) -Restaurante bar “Vostock-Calabou”, por operar fuera de horario (Juárez) -Salón de eventos “La Kupula”, por no contar con permiso (Juárez) -Salón de eventos “Olaylar”, por no contar con permiso (Juárez) -Restaurante bar con pista de baile “Jaime’s Jimmy’s y Zarapes”, por operar fuera de horario (Juárez)
Las inspecciones en Ciudad Juárez se llevaron a cabo en coordinación con la Secretaría de Seguridad Pública Estatal (SSPE).
El Gobierno del Estado exhorta a las y los propietarios de establecimientos que expenden y/o comercializan bebidas alcohólicas, a que cumplan con la normatividad en la materia para evitar sanciones.
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