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Chihuahua

Realizan con éxito campamento en El Reliz

Este fin de semana se llevó a cabo el Campamento Familiar Reliz 2012, el cual tiene el objetivo de promover el intercambio de experiencias, y que estas favorezcan las relaciones sanas entre personas de diferentes sectores de la ciudad.

De acuerdo con los organizadores se tuvo una asistencia superior a la esperada, acudieron alrededor de 900 personas de todas las edades, quienes pasaron la noche en el parque recreativo El Reliz.

Ayer se tuvo una activación colectiva, se tuvieron juegos tradicionales, se encendió una fogata, buscaron un tesoro, se presentó un grupo de rock en concierto y se instaló un karaoke.

En la mañana se ofreció a los asistentes un rico menudo, y luego los invitaron a hacer una caminata por la presa El Rejón, hubo rifa de regalos, bicicletas, pantallas, y se conformaron brigadas para dejar los espacios limpios, así como los recibieron.

Los participantes son diversos sectores de la ciudad, muchos de los adultos acuden a la escuela para padres que se brinda a la sociedad en los centros comunitarios a cargo del DIF Municipal.

El evento fue posible gracia a la Alianza Fechac-Municipio, Ser creación Social, Rescate Juvenil Universitario, el Grupo Scout, Bomberos, Cruz Roja, Policía Municipal y Servicios Públicos Municipales.  

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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