Para continuar con las políticas de prevención y sensibilización, se llevó acabo el Taller para la Prevención de “Acoso y Hostigamiento Sexual y Laboral” impartido por el Mtro. Elizardo Rannauro Melgarejo, especialista en género, derecho y políticas públicas y ex Director para asuntos Internacionales de la Mujer de la Cancillería Mexicana.
El taller fue organizado por la Unidad de Igualdad de Género y Derechos Humanos del Tribunal Superior de Justicia en coordinación con el Instituto Chihuahuense de la Mujer, con el objetivo de fomentar la cultura institucional para la Igualdad laboral entre mujeres y hombres, a través de analizar las herramientas de prevención, atención, sanción y erradicación del acoso y hostigamiento sexual en las instituciones.
El Hostigamiento sexual es el ejercicio del poder, en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en los ámbitos laboral y/o escolar. Se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad de connotación lasciva, esto de acuerdo con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
En el Estado de Chihuahua, durante el 2014 se registraron 6 denuncias por el delito de hostigamiento sexual, 3 de ellas en el Distrito Morelos, 1 en el Distrito Bravos, 1 en Camargo y 1 en Jiménez. Durante 2015 se han registrado 2 denuncias, 1 en el Distrito Morelos y 1 en Distrito Abraham González.
Por su parte, el acoso laboral es la “forma de violencia psicológica, o de acoso moral, practicada en el ámbito laboral, que consiste en acciones de intimidación sistemática y persistente, como palabras, actos, gestos y escritos que atentan contra la personalidad, la dignidad o integridad de la víctima. Puede ser ejercido por agresores de jerarquías superiores, iguales o incluso inferiores a las de las víctimas. También es conocido con el término anglosajón mobbing.”