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Recomienda IMSS atender alergias con precaución

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La rinitis alérgica es un padecimiento inflamatorio de la mucosa y las estructuras internas de la nariz, de carácter crónico que sucede en personas de cualquier edad, pero que tiene una fuerte tendencia genética. Puede padecerse por períodos estacionales, o por toda la vida, señala el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), a través de su Delegación Chihuahua.

Esta enfermedad ocurre cuando se inhala algo a lo que es alérgico, como polvo, caspa, veneno de insectos o polen; incluso por intolerancia a algunos alimentos; esto depende de la cantidad de polen en el aire la cual llega a incidir en si se presentan o no los síntomas de la rinitis alérgica, por lo que es más probable que los días cálidos, secos y con viento tengan más cantidad de polen en el aire.

En los días fríos, húmedos y lluviosos la mayor parte del polen cae al suelo arrastrado por el agua y algunos de estos trastornos pueden estar ligados a las alergias, como lo es el asma.

Los síntomas principales son rinorrea (escurrimiento nasal), los estornudos frecuentes y comezón nasal, así como ojos llorosos. Los síntomas que se pueden desarrollar posteriormente abarcan: congestión nasal, tos, oídos tapados, disminución del sentido del olfato, dolor de garganta, fatiga e irritabilidad, dolor de cabeza, problemas de memoria y pensamiento lento.

Las alergias son tan comunes; que el medio ambiente y los genes pueden hacer que uno sea más propenso a padecerlas. La probabilidad de que uno desarrolle o no alergias a menudo se transmite de padres a hijos comentan especialistas del Instituto.

Si presenta una alergia grave o síntomas de la rinitis alérgica, debe acudir de inmediato a su médico familiar para que éste le de el tratamiento adecuado y así evitar complicaciones más adelante como los problemas de otitis y audición, sinusitis, problemas de las anginas y adenoides, asma bronquial, los cuales llegan a requerir tratamientos más complicados que algunas veces terminan en cirugías.

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Chihuahua

Enajena Congreso predio a favor de Enalte Desarrollos Inmobiliarios

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El Congreso de Chihuahua en Sesión Ordinaria autorizó por mayoría de votos, la enajenación a título oneroso a favor de la persona moral denominada Enalte Desarrollos Inmobiliarios, S.A. de C.V., el predio identificado como manzana 22, lote 1 del Fraccionamiento Residencial El León, de esta ciudad de Chihuahua, con una superficie de 53,154.240 metros cuadrados.

El dictamen fue presentado al Pleno Legislativo por la Comisión de Obras, Servicios Públicos, y Desarrollo y Movilidad Urbana, en voz de su presidente la diputada Joceline Vega Vargas, quien señaló que la persona moral referida ofreció pagar bajo las siguientes tres condiciones: pactar un mayor enganche, un plazo de 24 meses para pago y un interés anual del tiie+3 puntos porcentuales, del predio referido.

Por lo anterior, el Congreso del Estado autorizó al Poder Ejecutivo para que, a través del organismo descentralizado de la administración pública paraestatal denominado Comisión Estatal de Vivienda, Suelo e Infraestructura del Estado de Chihuahua, enajene a título oneroso a favor de la persona moral denominada Enalte Desarrollos Inmobiliarios, S.A. de C.V., por un precio de $47,500,000.00 (Cuarenta y siete millones quinientos mil 00/100 m.n.).

Ello con el objetivo de contribuir para que las familias del estado cuenten con vivienda digna y decorosa, sin que pase desapercibido que para lograr dicho objeto se debe contar con mayores recursos económicos de los que actualmente tiene asignados y una de las formas de contar con mayores recursos financieros, es a través de la celebración de contratos de compraventa sobre los inmuebles que se encuentren dentro del patrimonio de la Comisión Estatal de Vivienda, Suelo e Infraestructura del Estado de Chihuahua, en el entendido de que los recursos económicos que se obtengan por dicha operación, deberán destinarse al cumplimiento de los objetivos de dicha institución.

Cabe destacar que el inmueble deberá utilizarse única y exclusivamente para el uso establecido por el Poder Ejecutivo del Estado; por lo cual, se deberá incluir en la protocolización de la enajenación, cláusula de reversión a favor del Gobierno del Estado de Chihuahua, para el caso de que se destine el inmueble en cuestión a un uso distinto al expresamente establecido.

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